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Qué seguros de salud cubren a los pacientes crónicos y con enfermedades graves

Descubre todos los detalles de los seguros de salud para este tipo de patologías

Los enfermos crónicos suelen encontrar muchas dificultades a la hora de contratar un seguro. Las compañías tienden a evitar ofrecer pólizas a aquellos con enfermedades graves o patologías especiales, ya que los gastos de los tratamientos son muy elevados y pueden suponer un gran riesgo para ellas. No obstante, existen opciones para que las personas afectadas por estas patologías puedan beneficiarse de un seguro.

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¿Qué aseguradoras cubren enfermedades graves?

Aunque existen aseguradoras que ya se animan a asegurar a personas con enfermedades graves, es mayoría aquellas que no las contemplan. No obstante, si damos con una compañía que acepte personas con este tipo de enfermedades, tenemos que ser conscientes de que el precio de la prima va a ser superior al plan básico que solemos encontrar y que lo normal es que se establezca un límite de edad que suele rondar entre los 55 o 60 años. Eso sí, la compañía sí te va a cubrir la mayoría de estas enfermedades si la contraes después de haber firmado la póliza.

¿Qué es la preexistencia en los seguros de salud?

En los seguros de salud, el término preexistencia se utiliza para denominar a aquellas patologías que existen antes de la contratación del seguro. Normalmente, las enfermedades preexistentes no suelen cubrirse en los seguros de salud, a no ser que se detalle lo contrario en la póliza. No obstante, es necesario destacar que a la hora de contratar la póliza se debe informar de cualquier tipo de enfermedad, dolencia, pruebas diagnósticas, tratamientos o síntoma que pudiera ser el inicio de alguna patología.

Compañía
Coberturas para tratar enfermedades graves no preexistentes
- Litroticia

- Radioterapia

- Tratamientos oncológicos

- Cardiología intervencionista

- Hemodinamia

- Radiología intervencionista

- Quimioterapia
- Terapias respiratorias a domicilio

- Logopedia y foniatría

- Laserterapia

- Electrotermoterapia en rehabilitación

- Hemodiálisis

- Quimioterapia

- Oncología radioterápica

- Litotricia renal

- Ondas de choque para calcificaciones musculotendinosas
- Cardiología

- Cirugía Cardiovascular

- Hematología

- Nefrología

- Neurocirugía

- Oncología médica y radioterápica
- Tratamientos oncológicos

- By Pass de las arterias coronarias

- Reemplazo válvulas del corazón

- Trasplantes: órganos de donante vivo y médula ósea

- Neurocirugía
Coberturas para tratar enfermedades graves no preexistentes
- Litroticia

- Radioterapia

- Tratamientos oncológicos

- Cardiología intervencionista

- Hemodinamia

- Radiología intervencionista

- Quimioterapia
Coberturas para tratar enfermedades graves no preexistentes
- Terapias respiratorias a domicilio

- Logopedia y foniatría

- Laserterapia

- Electrotermoterapia en rehabilitación

- Hemodiálisis

- Quimioterapia

- Oncología radioterápica

- Litotricia renal

- Ondas de choque para calcificaciones musculotendinosas
Coberturas para tratar enfermedades graves no preexistentes
- Cardiología

- Cirugía Cardiovascular

- Hematología

- Nefrología

- Neurocirugía

- Oncología médica y radioterápica
Coberturas para tratar enfermedades graves no preexistentes
- Tratamientos oncológicos

- By Pass de las arterias coronarias

- Reemplazo válvulas del corazón

- Trasplantes: órganos de donante vivo y médula ósea

- Neurocirugía

Sanitas accesible: coberturas y servicios

Sanitas ha diseñado el plan Sanitas Accesible con el que todas las personas con Síndrome de Down o Lesión Medular adquirida pueden contar con un seguro médico completo. Esta póliza especializada marca el límite de edad de contratación en 64 años, aunque no estipula una edad máxima de permanencia. Alguna de las coberturas que incluye son:

  • Medicina primaria: medicina general, pediatría, servicios de enfermería, urgencias…
  • Acceso a todas las especialidades médicas sin restricciones.
  • Pruebas diagnósticas.
  • Métodos terapéuticos: Sesiones de rehabilitación, tratamientos oncológicos, terapias respiratorias, sesiones de logofoniatría, litotricia, radioterapia…
  • Intervenciones quirúrgicas.
  • Hospitalización.
  • Cobertura en EE.UU.
  • Cobertura del DIU*.

Adeslas Premier

A pesar de que Adeslas no tiene ningún seguro especializado en alguna dolencia crónica o grave, en su seguro Adeslas Premier incluye un gran número de coberturas que pueden ser realmente útiles en el caso de que se te diagnostique alguna patología de gravedad como, por ejemplo, el cáncer.

En este sentido, entre las tratamientos especiales, Adeslas cubre la quimioterapia o la oncología radioterápica, así como incluye la especialidad de oncología para estar totalmente atendido en caso de que en un futuro se te diagnostique algún cáncer. Otras de las pruebas especiales son: terapias respiratorias a domicilio, hemodiálisis, litotricia renal, ondas de choque para calcificaciones musculotendinosas...

Generali y su seguro de Salud para Enfermedades Graves

Por su parte, Generali, aunque tampoco tiene un seguro pensado para alguna enfermedad grave preexistente en concreto, pone a disposición de los usuarios el seguro de Salud Enfermedades graves. Se trata de un producto con el que la compañía te proporciona protección ante los tratamientos que precisen enfermedades que pueden ser consideradas de gravedad. Concretamente cubre los tratamientos médico-hospitalarios derivados de:

  • Cáncer.
  • Infarto de miocardio.
  • Accidente cerebro-vascular.
  • Enfermedades cerebrales derivadas de tumores benignos o malformaciones vasculares.
  • Insuficiencia renal.
  • Intervención quirúrgica por afección de la arteria coronaria.
  • Sustitución de válvulas del corazón.
  • Trasplante de órgano vital.
  • Parálisis.
  • Esclerosis múltiple.

MundiCare: el seguro para enfermedades graves de DKV

Con Mundicare, DKV Seguros te proporciona la protección financiera y la orientación necesaria para recibir el mejor tratamiento disponible si te diagnostican una enfermedad grave, así como el acceso al mejor tratamiento médico en el extranjero. Eso sí, cabe destacar que no se asumen enfermedades preexistentes y tiene un periodo de exclusión de 6 meses. Las enfermedades que incluye son:

  • Tratamientos oncológicos.
  • By Pass de las arterias coronarias.
  • Reemplazo válvulas del corazón.
  • Trasplantes: órganos de donante vivo y médula ósea.
  • Neurocirugía.
  • Enfermedades Neurodegenerativas.

¿Los seguros se hacen cargo de las enfermedades preexistentes?

Como ya hemos dicho, las compañías son reacias a asegurar a personas que ya han padecido o padecen algún tipo de problema de salud, por eso las primas de sus pólizas aumentan considerablemente o incluso pueden llegar a no aceptar al cliente en esos casos. Es aquí donde el término “preexistencia” adquiere mucha relevancia. ¿Cómo sabe esto la compañía? En prácticamente todas las aseguradoras realizan un cuestionario para conocer tu estado actual de salud y tus antecedentes. No decimos todas porque el plan Básico Familia de Adeslas no necesita de cuestionario, aunque esto no es lo habitual.

En este cuestionario te recomendamos que seas totalmente sincero. Si no has declarado a la aseguradora que padeces alguna enfermedad anterior a la contratación del seguro pueden llegar a anular la póliza, aunque hay casos en los que se genera una cláusula adicional donde se refleje que no te van a cubrir ningún gasto relacionado con esa patología. Es necesario recordar que la compañía tiene el derecho a someterte a una evaluación médica si lo cree conveniente, para de esta forma decidir si puede ofrecerte un seguro o no con conocimiento de causa. La empresa te informará de las condiciones antes de que firmes nada.

Y es que en función del resultado de la evaluación hay varias posibilidades:

  • Que te acepten sin limitaciones, porque la enfermedad previa que tenías ya la has superado y no supone ningún gasto añadido, o porque tus problemas de salud están dentro de las coberturas que la aseguradora ofrece. Es importante informarte de lo que ofrece cada compañía antes de contratar el seguro y para ello puedes usar el comparador de seguros de salud de Acierto.com.
  • Que te acepten, pero con una cláusula de exclusión que no te cubra los gastos derivados de tu enfermedad más grave. También pueden ofrecerte la póliza pero con el precio de la prima mucho más elevado.
  • Que no te aseguren, porque la compañía considere que no le conviene cargar con los gastos de una patología especial. Si deciden no asegurarnos no hay mucho que podamos hacer, puesto que las limitaciones y exclusiones las establece cada aseguradora.

El término de “preexistencia” suele confundirse en ocasiones con el de “carencia”. Son dos conceptos muy importantes en el mundo de los seguros que debemos diferenciar y que pueden llevar a la confusión. La carencia se refiere a el tiempo que debemos esperar desde que contratamos la póliza hasta que esta se hace efectiva, donde ya podremos beneficiarnos de todas las coberturas que nos ofrece el seguro.

Los tiempos de carencia no existen para aquellos que cambian de compañía. Solo los encontramos para los clientes nuevos de un seguro de salud y pueden ir desde los tres hasta los doce meses. Su finalidad es evitar los casos de los clientes tengan algún problema de salud y pretenden darse de alta para solventarlo de forma más económica, y después rescindir el contrato. Los periodos de carencia varían según la compañía y hay algunos servicios que carecen de ellos.

En definitiva, sí que encontramos compañías que nos asegurarán si padecemos alguna enfermedad crónica o una patología especial, pero habrá que superar todas estas trabas. Por ello lo importante es elegir la póliza que mejor se adapte a nuestra enfermedad y a nuestras características personales.

¿El seguro de salud cubre los gastos de farmacia?

Los enfermos crónicos y aquellos que sufren algún tipo de patología especial se ven abocados a comprar una gran cantidad de fármacos para su tratamiento que, en muchos casos, son bastante caros. Para ello, muchas aseguradoras ofrecen coberturas de gastos de farmacia como servicio adicional al seguro de salud.

Las compañías cubren entre el 50% y el 80% de tus gastos en farmacia, que se te reembolsará después de que hayas adquirido los medicamentos. No obstante, la aseguradora puede establecer limitaciones. Por ejemplo, si el límite lo ponen en 100 euros, esta será la cantidad que te podrás ahorrar. Tendrás que decidir si compensa contratar esta modalidad.

Sin duda esta puede ser una opción muy interesante para aquellos con enfermedades crónicas. Es posible que la compañía nos cubra los tratamientos o las operaciones necesarias, pero podemos estudiar la posibilidad de que al menos nos ayude con los medicamentos.

Actualizado el 22/04/2024 por el equipo de redacción de acierto