¿Es legal que te cobren por cerrar una cuenta bancaria?
Si no utilizas una cuenta es recomendable que prescindas de ella. Pero surge la duda acerca de si el banco te puede cobrar por cerrarla. La respuesta es no. En esta guía te explicamos todo lo que tienes que saber y cómo puedes reclamar la devolución de lo que te hayan cobrado, si así ha sido. Y, si lo que quieres es cerrar la cuenta para abrir otra nueva, en Acierto.com puedes comparar cuentas y encontrar la mejor para ti.
¿Me pueden cobrar por cerrar una cuenta?
El Banco de España es claro al respecto: “la resolución del contrato será gratuita para el usuario de servicios de pago siempre que el dicho contrato haya estado en vigor durante al menos seis meses. En caso contrario, cualquier comisión o gasto aplicable por la resolución del contrato será adecuado y acorde con los costes”.
Así pues, la normativa del Banco de España –que es de obligado cumplimiento para todas las entidades bancarias– determina:
- El titular de una cuenta bancaria puede cerrarla cuando quiera y sin tener que dar explicaciones.
- El cierre de la cuenta no puede conllevar gastos ni comisiones siempre que en el contrato de apertura se estipule que su duración es indefinida o bien que su plazo es mayor de 6 meses.
Por tanto, si cumples con el citado requisito, el banco no te puede cobrar por cancelar una cuenta bancaria. Respecto a la comisión de mantenimiento, únicamente habría que abonar la parte proporcional que te corresponda. Sea como fuere, la entidad tiene el deber formal de informarte acerca de la liquidación de los gastos una vez hayas solicitado tu deseo de prescindir de la cuenta.
¿Es legal cobrar comisiones por cerrar una cuenta?
El artículo 4 de la Orden ECE/228/2019 establece que el banco puede cobrar a sus clientes una comisión única y máxima de tres euros a cambio de prestar una serie de servicios. Entre otros y generalmente, la apertura y mantenimiento de la cuenta bancaria. Esta comisión ya lleva implícito el gasto por cerrarla, de forma que el banco no puede aplicarte un recargo por este concepto.
Esto significa que habría dos escenarios:
- La cuenta tiene gasto de apertura-mantenimiento: la entidad te cobra periódicamente una cantidad de dinero por poder utilizar la cuenta. Si decides cerrarla, no podrá aplicarte ningún recargo adicional.
- La cuenta no tiene gasto de apertura ni mantenimiento: esto suele suceder si tenemos una vinculación con el banco, es decir, cumplimos una serie de requisitos (domiciliar la nómina o pensión, domiciliar recibos) o tenemos contratados otros productos (seguros, planes de pensiones, fondos de inversión). Si cancelamos la cuenta, tampoco nos supondrá recargo alguno.
¿Qué puedes hacer si te cobran por cerrar tu cuenta?
Ya sabemos que no es legal que te cobren por cerrar una cuenta bancaria, pero si al hacerlo el banco te ha cobrado comisiones por ello, tienes derecho a exigir que te devuelva ese dinero. Lo que debes hacer es comunicarte con el banco y hacerle saber que no puede cobrarte por cancelar la cuenta y que quieres que te reintegre el cobro indebido.
Si te contesta y acepta reembolsarte el dinero, todo solucionado. Pero cabe también la posibilidad de que no te responda. En este caso deberás recurrir al Defensor del Cliente de tu entidad bancaria y ejercer la reclamación formal. Cuenta con hasta 15 días hábiles para responder a tu reclamación. Si no te dan la razón, puedes reclamar directamente al Banco de España.
Preguntas frecuentes
Si después de leer la guía aun te queda alguna duda por resolver, no te preocupes, aquí puedes ver las preguntas más frecuentes sobre el tema. Con sus correspondientes respuestas para que dispongas de toda la información.
¿Entonces, es gratis cerrar una cuenta? ¿Cuánto tarda el banco en cancelarla?
Sí, el cierre de una cuenta bancaria no conlleva gastos ni comisiones y se puede hacer cuando se quiera sin necesidad de dar explicaciones. El banco tiene la obligación de cerrarla en las 24 horas siguientes a nuestra solicitud.
¿Y si la cuenta tenía un periodo mínimo de permanencia y se cierra antes?
Si tu cuenta tenía un periodo mínimo de permanencia y te regalaron algo (por ejemplo, un móvil, una tablet...) has de respetar dicho periodo. Si decides cerrarla antes del plazo acordado, tendrás que pagar una penalización.
¿Qué pasa si pagué comisiones anticipadas?
Si te cobraron comisiones por anticipado puedes reclamar que te devuelvan la parte proporcional. Por ejemplo, si pagas 30 euros trimestrales de comisiones y cancelas la cuenta cuando faltan dos meses para el siguiente pago, te tienen que devolver 20 euros.
¿Dejar una cuenta sin saldo es lo mismo que cancelarla?
No, son cuestiones diferentes. Dejar una cuenta sin saldo significa que has sacado todo el dinero que había en ella y ya no la utilizas, pero sigue operativa, de manera que el banco te puede seguir cobrando la comisión de mantenimiento. Para cerrar la cuenta has de comunicárselo a la entidad y seguir el procedimiento que te indique.
Las mejores cuentas están en Acierto.com
Hemos visto que cancelar una cuenta no conlleva gastos adicionales, así que si estás pensando en cerrar la tuya y abrir otra nueva puedes estar tranquilo. Pero es importante encontrar la cuenta bancaria que más se ajuste a tus necesidades como usuario. Existen muchas opciones en varias entidades, cada una con sus condiciones, beneficios e incluso desventajas.
Si no quieres tener que dedicarle un tiempo considerable a la búsqueda, desde Acierto.com te podemos ayudar a que tomes la mejor decisión. Y en nuestro comparador de cuentas encontrarás la oferta de los principales bancos que operan en España con sus características. Así, en pocos minutos podrás analizar y elegir la que necesitas y se adapte mejor a ti. Todo de forma rápida, sencilla y online.
Actualizado el 10/04/2025 por el equipo de redacción de acierto
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