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¿Mi segway necesita un seguro?

Son vehículos ligeros y sencillos de usar, pero que también implican ciertas obligaciones

Seguro que alguna vez has visto en tu ciudad una fila de turistas yendo de un lado a otro montados en extraños patines eléctricos de dos ruedas. Se trata de los llamados segways, un tipo de vehículo que ha calado enormemente en el sector del ocio y entretenimiento. Aun así, cada persona es libre de comprar uno y desplazarse con él, pero, ¿sabes qué obligaciones conlleva conducir uno? ¿Sabes si necesitas un seguro para manejar uno de estos curiosos vehículos? Resolvemos todas tus dudas en esta guía.

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¿Qué es un segway?

El segway fue inventado por Dean Kamen y apareció por primera vez en 2001. Su nombre es un claro caso de metonimia, ya que se ha popularizado tal y como se llama la marca que lo comercializa. Es decir, Segway. Si nos atenemos a sus características técnicas, se trata de un vehículo de dos ruedas ligero, giroscópico y eléctrico. El conductor simplemente debe inclinarse hacia un lado para que avance o se desplace a mayor o menor velocidad. El movimiento del vehículo es muy intuitivo, ya que se mueve de forma similar a la que lo hace una persona.

¿Sabes si un segway necesita seguro?

Es por ello que son sencillos de utilizar y resultan muy útiles para cubrir pequeñas distancias. De hecho, son una forma fantástica para visitar una ciudad de forma respetuosa con el medio ambiente y sin la fatiga que genera desplazarse de un sitio a otro andando o en bicicleta. De ahí que se haya popularizado como medio de transporte entre los turistas, como señalábamos al inicio. 

¿Es obligatorio el seguro para segway?

Una vez que ya sabemos qué es un segway se hace necesario contestar a otra pregunta: ¿necesitan los segways un seguro para circular? La Dirección General de Tráfico (DGT) los categoriza como vehículos de movilidad personal (VMP). Ni la legislación europea ni la española los reconocen como vehículos de motor aunque cuentan con un motor parecido al de algunas motos eléctricas

Así pues, los segway entran dentro del grupo de vehículos con rango inferior a los vehículos a motor, entre los que se encuentran bicicletas y bicicletas eléctricas, Juguetes (que se desplazan, por tracción humana o por una pequeña motorización) y vehículos de Categoría L1e: motorizados, pero con una velocidad máxima de 45 km/h. Pero sus especiales características hacen que estén alejados tanto de los vehículos a motor como de los patines o de las bicicletas. 

Esta situación obligó a la DGT a elaborar la Instrucción 16/V-124 publicada el 3 de noviembre de 2016 en la que se expresa la necesidad misma de una regulación de los VMP: “por carecer hasta el momento de un espacio propio en las vías, los vehículos de movilidad personal (VMP) generan situaciones de riesgo al compartir el espacio urbano con el resto de usuarios”.

Retomando la pregunta inicial acerca del seguro, queda claro que no lo necesitan, dado el tipo de vehículo ante el que nos encontramos. Así lo afirma este texto al aclarar que “el aseguramiento obligatorio de los vehículos en su circulación solo tiene lugar cuando estos tienen la consideración de vehículos de motor”. Pero también se apunta lo siguiente: El usuario o propietario del VMP podrá voluntariamente contratar un seguro en los términos establecidos en la legislación general de seguros o, deberá contratarlo, en los casos en los en los que para su utilización en vía urbana, la autoridad local lo establezca”.

No es obligatorio, pero sí recomendable

Por lo tanto, no es obligatorio contar con un seguro para circular con el segway, pero sí totalmente recomendable. En la ciudad estamos expuestos a multitud de situaciones que conllevan distintos peligros y podemos vernos envueltos en situaciones que involucren a terceros; situaciones en las que contar con cobertura de Responsabilidad Civil nos sacará de más de un apuro. 

Los mejores seguros para segway

Además, algunos modelos de segways pueden valer más dinero que un turismo convencional, por lo que contar con un seguro muy completo puede servir para cubrir los gastos si el vehículo sufre Daños propios, o en situaciones igualmente graves. Hay determinadas compañías de seguros que han diseñado productos específicos, como Seguros de Daños para segway, que cubren los daños materiales como consecuencia de incendio, de robo, de un impacto o de actos vandálicos. Otros seguros específicos están pensados para cubrir únicamente la Responsabilidad Civil particular del dueño del segway. 

Porque es posible que la inexperiencia de los conductores se traduzca en daños en el vehículo y el seguro puede ayudar a sufragar los gastos de reparación que supongan. Por no hablar de que, al ser utilizados mayoritariamente en zonas céntricas de las ciudades, pueden ser objeto de robo de los delincuentes, sabedores del gran valor que tienen. Muchas de las coberturas de este tipo que ofrecen las compañías son similares a las de los seguros de moto.

Aquellos destinados a actividades culturales o turísticas tampoco tienen obligación de contratar un seguro, pero es más que necesario hacerlo. En estas actividades los segways son utilizados por personas que carecen de experiencia en conducir este tipo de vehículos, lo que supone un factor de riesgo que toda empresa debería tener en cuenta. De esta forma, es conveniente contar con una póliza que cubra las citadas coberturas. Eso sí, en estos casos, se pueden encontrar con compañías que, si bien aseguran este tipo de vehículos, excluyen a los destinados a alquiler, precisamente porque el riesgo es mucho mayor que asegurar un vehículo particular.

Actualizado el 10/01/2024 por el equipo de redacción de acierto