Acceso área privadaMi cuenta
Iniciar sesión
He olvidado mi contraseña
¿Eres un usuario nuevo?
Crea tu cuenta
Subiendo archivos

Los préstamos entre particulares, ¿tributan a Hacienda?

Cómo tributan los préstamos entre familiares y cuándo deben constar en la declaración de la renta

Solicita tu préstamo

¿Cuánto dinero necesitas?

SIMULAR PRÉSTAMO

Última actualización, .

Los préstamos entre familiares o particulares sin intereses se deben declarar fiscalmente para evitar que Haciende los considere una donación encubierta, aunque no hay que pagar impuestos por prestar o recibir el dinero. Te contamos todo sobre su tributación, aquí. Y, si buscas otro tipo de financiación, accede a nuestro simulador de préstamos.

Cuándo tributan los préstamos entre particulares a Hacienda

SÍ, en España existe la obligación legal de declarar los préstamos entre familiares (también conocidos como préstamos entre particulares sin intereses). En concreto debe hacerlo la persona que percibe el dinero. ¿El objetivo? Evitar que Hacienda lo considere una donación encubierta. Y es que la Agencia Tributaria puede interpretar que no existe una intención real de devolver el dinero.

Estas operaciones se encuentran sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), aunque están exentas de tributación y se tratan como “transmisiones patrimoniales onerosas”. Esto quiere decir que se ha de liquidar el impuesto, pero no que pagan impuestos sobre el préstamo. O sea: quien recibe el dinero lo tiene que declarar, pero no conlleva ningún coste.

Resumiendo, los préstamos sin intereses están exentos de tributos en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y tampoco generan renta en el IRPF si no hay intereses. Es decir, no pagas impuestos por recibir o conceder el préstamo. Pero aunque no generen impuestos, sí hay obligación de declararlos formalmente.

Situación ¿Hay que declararlo? ¿Se pagan impuestos? ¿Dónde se declara?
Préstamo sin intereses No Modelo 600
Préstamo con intereses Sí (prestamista) Modelo 600 + IRPF
Donación (si no se justifica préstamo) Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

*La tributación puede variar según la comunidad autónoma en el caso de donaciones.

¿Tributa la donación de un préstamo entre familiares?

La clave es tener claro que una cosa es un préstamo y otra una donación. En este último caso, la persona que recibe el dinero debe de abonar a Hacienda el impuesto de sucesiones y donaciones si es una persona física (en el caso de una persona jurídica o empresa sería el impuesto de sociedades).

El artículo 618 del Código Civil define las donaciones como “un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”. Por tanto, consiste en una entrega de bienes sin contraprestación.

La cuantía que se paga por donación depende de varios factores como la comunidad autónoma, el grado de parentesco entre donante y donatario y la cantidad donada. Por ejemplo, en algunas comunidades como Madrid hay bonificaciones de hasta el 99 % entre padres e hijos. En otras como Cataluña la tributación puede ser bastante mayor.

¿Qué revisa Hacienda en un préstamo entre familiares sin intereses?

Cuando un préstamo entre particulares es sin intereses, Hacienda analiza si realmente es un préstamo o una donación encubierta. Para ello revisa las siguientes cuestiones:

  • Existencia de contrato firmado que incluya datos de las partes, importe, plazo, forma de devolución, ausencia de intereses. Sin contrato habrá sospecha directa de donación. 
  • Presentación del Modelo 600.
  • Movimientos bancarios: revisará si el dinero se entregó por transferencia, si se devuelve periódicamente. Si no hay movimientos o en efectivo, saltará la alerta. 
  • Coherencia económica (capacidad de pago): ¿puede el prestatario devolver ese dinero con sus ingresos? Ejemplo, un hijo sin ingresos no sería creíble que devuelva cada mes 1.000 euros. 
  • Plazos realistas: si son excesivamente largos o indefinidos levantan dudas. Por ejemplo, “se devolverá cuando pueda” es problemático.  
  • Ausencia de intereses (justificación): que sea 0 % no es ilegal, pero Hacienda puede cuestionarlo si no tiene lógica económica, especialmente entre personas sin relación directa. 

¿Qué documentación se necesita para declarar el préstamo entre familiares?

Para declarar el préstamo entre familiares a Hacienda será necesario aportar una copia del contrato y el modelo 600 de la AEAT correctamente cumplimentado. Te recomendamos tener preparada la siguiente documentación:

Copia del contrato

El préstamo sin intereses entre familiares debe hacerse por escrito y tiene que incluir lo siguiente: 

  • Datos completos del prestamista y el prestatario. Y si hubiera garantes a título personal, también la información correspondiente (aunque no es lo habitual en esta clase de créditos).
  • Importe del préstamo.
  • Fecha de entrega del dinero.
  • Plazo de devolución.
  • Forma de devolución (transferencia bancaria). Es recomendable que se realice a través de transferencias periódicas que puedan acreditarse para evitar problemas. Puede añadirse una fecha, por ejemplo: del día 1 al 5 de cada mes. 
  • Intereses: 0 % (muy importante indicarlo expresamente).  
  • Firma de ambas partes.

Modelo 600

Aunque no se paguen impuestos, hay que presentar el Modelo 600 debidamente cumplimentado, concretamente le corresponde al prestatario (quien recibe el dinero). El plazo es de 30 días hábiles desde la firma del contrato.

Justificantes de pago

Es importante demostrar que no se trata de una donación encubierta, sino un préstamo sin intereses. Para ello, junto con el contrato es recomendable adjuntar justificantes de devolución como prueba de que se está devolviendo el dinero en tiempo y forma. Evita que la devolución sea en efectivo.

Cuadro de amortización

No es obligatorio, pero es muy útil y práctico. Debe incluir el calendario de pagos con sus fechas correspondientes y el importe a devolver en cada una de ellas. De esta manera refuerza que hay intención real de devolución y no es una donación encubierta.

Cuál es el plazo para declarar un préstamo de este tipo

Existe un plazo para declarar el préstamo entre familiares a Hacienda que es clave cumplir. En concreto, el plazo de presentación de la autoliquidación es de un mes contado a partir del día siguiente del día de la firma del contrato de préstamo. En caso de que este último día fuera sábado, domingo o festivo, el plazo se prorroga hasta la siguiente jornada hábil.

Una vez presentado y sellado, se deberán guardar los duplicados, así como el contrato del préstamo y los comprobantes de las amortizaciones que se vayan efectuando conforme a lo pactado. Es recomendable tener esta documentación controlada, sobre todo por si Hacienda nos la reclama en algún momento.

¿Tengo que incluirlo en la renta si soy yo el prestamista?

Depende. Si tú eres quien deja prestado el dinero a un familiar o amigo, debes saber que no tienes que presentar ningún documento a Hacienda siempre que el crédito carezca de intereses. Esto es así porque no te estás beneficiando ni lucrando de ninguna forma por prestar el dinero.

No ocurre lo mismo si te estás lucrando por prestar el dinero. En tal caso (si cobras intereses por él) sí debes incluirlo en la declaración de la renta y intereses tributan como “rendimiento de capital mobiliario”.

Cómo tributan los préstamos entre particulares que sí tienen intereses

Los préstamos entre particulares son rendimientos de capital, es decir, cuando se les aplican intereses, tributan de la siguiente manera: 

  • Hasta 6.000 euros: 19 %
  • De 6.000 euros a 50.000 euros: 21 %
  • De 50.000 euros a 200.000 euros: 23 %
  • De 200.000 euros a 300.000 euros: 27 %
  • Más de 300.000 euros: 30 %

Ejemplos prácticos de préstamos entre familiares con y sin intereses

Pongamos un ejemplo: un padre presta a su hijo 10.000 euros para comprar un coche, con un plazo de devolución de cinco años y sin intereses. Aunque en este caso no haya coste financiero, es importante justificar que existe una obligación real de devolver el dinero. Si no se formaliza correctamente, Hacienda podría considerar que se trata de una donación encubierta, lo que implicaría tener que tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Si en lugar de ser gratuito el préstamo incluye intereses, la operativa es similar, pero con una diferencia clave: esos intereses sí tributan. En concreto, el familiar que presta el dinero deberá declararlos en su IRPF como rendimiento del capital mobiliario. En ambos casos, la clave está en documentar bien el préstamo para evitar problemas con la Agencia Tributaria.

Tipo de préstamo Ejemplo Tratamiento fiscal
Sin intereses Padre presta 10.000 € a su hijo a devolver en 5 años No tributa, pero debe declararse (modelo 600) y justificarse para evitar que se considere donación
Con intereses Mismo préstamo, pero con un 3% de interés anual El prestamista declara los intereses en el IRPF como rendimiento del capital mobiliario

Preguntas frecuentes

Resolvemos algunas preguntas frecuentes que pueden haberse quedado en el tintero sobre la tributación de los préstamos que nos atañen. Recuerda ponerte en contacto con nosotros si tienes alguna duda adicional.

¿Es necesario que el préstamo entre particulares sin intereses figure en un contrato a la hora de tributarlo? 

Es recomendable formalizar el préstamo mediante un contrato en el que aparezcan detalladas todas las cuestiones, principalmente para que no haya problemas ni malentendidos, por si Hacienda te reclama el documento, etcétera.

¿El préstamo ha de formalizarse ante notario?

No es necesario, puede hacerse en documento privado, pero debe presentarse igualmente el Modelo 600. No hacerlo implica riesgo de que Hacienda lo considere donación. Si decides ir a una notaría el coste puede rondar los 300 euros.

¿Qué documentación se necesita para declarar a Hacienda un préstamo entre familiares?

Debes de contar con la siguiente documentación:

  • Contrato de préstamo que especifique que no conlleva intereses.  
  • Comprobantes del pago, tanto si la devolución se hace de una vez o con abonos parciales. 
  • Extractos bancarios, que servirán de prueba de los ingresos.  

¿Qué sucede si fallece el prestamista antes de recibir el dinero?

En caso de que fallezca el prestamista de un préstamo entre particulares, el dinero pendiente de reembolsar se tendrá que entregar a sus herederos. Si es entre familiares y la relación de parentesco es de padres e hijos, la situación es distinta.

¿Y si el que fallece antes de devolver el dinero es el prestatario?

Si quien fenece antes de devolver el dinero del préstamo es el deudor, serán sus herederos los obligados a pagar al prestamista la cantidad pendiente.

¿Qué ocurre si hay modificaciones posteriores y se cambia alguna de las condiciones del préstamo?

Si se cambia alguna condición del préstamo (por ejemplo, se amplía el importe, es aconsejable documentar la modificación y volver a presentar un nuevo modelo 600 para dejar constancia ante Hacienda. 

Resuelve tus dudas y consigue financiación en Acierto

Si, llegados a este punto del artículo todavía tienes dudas sobre si debes incluir un préstamo entre particulares sin intereses en la declaración de la renta de este año o estás buscando alternativas a este tipo de crédito, te recomendamos que contactes con nuestros agentes expertos en préstamos. Puedes hacerlo directamente dejando tu número en el simulador, o llamándonos en horario de oficina. Estamos a tu disposición y el servicio es completamente gratuito.

En cualquier caso, recuerda que en Acierto.com puedes analizar los préstamos y productos financieros de las principales entidades al mismo tiempo. Y encontrar las opciones de financiación que más se ajusten a tus necesidades, con las mejores condiciones.

En resumen...

Los préstamos entre particulares deben declararse, presentando el modelo 600 aunque no haya que pagar impuestos.
No tributan si están bien formalizados y pueden justificarse correctamente.
Si no se demuestra que es un préstamo, Hacienda puede considerarlo una donación encubierta.
Los intereses sí tributan como rendimientos del capital mobiliario en el IRPF.
Un préstamo sin intereses no genera impuestos si se puede justificar adecuadamente.
Ismael de la Cruz

Redactado por

Ismael de la Cruz Ver perfil de Ismael de la Cruz en LinkedIn

Experto analista en economía y finanzas

Publicado el 17/03/2025

Maica López

Revisado por

Maica López Ver perfil de Águeda Llorca en LinkedIn

Periodista especializada en finanzas

Última actualización el 17/04/2026

Equipo de redacción y política editorial