¿Desgrava el seguro de hogar?
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El seguro de hogar es un gasto deducible en la Renta, pero no en cualquier supuesto. Existen una serie de situaciones en las que sí obtienes ventajas fiscales por tu seguro y te las explicamos todas. Si más allá de esta deducción quieres ahorrar en tu póliza de hogar, compara precios en Acierto.com. Puedes llegar a pagar hasta 500 euros menos.
Cuándo desgrava el seguro de hogar
Como otros seguros que desgravan en la renta, el seguro de hogar es un gasto deducible en la Renta 2025. Pero no en cualquier supuesto. Lo cierto es que existen una serie de situaciones en las que sí obtienes ventajas fiscales por tu seguro de hogar.
- Deducción por inversión en vivienda habitual. Pero no vale cualquier inmueble, como veremos.
- Deducción por arrendamiento. El propietario puede desgravar el seguro de hogar.
- Deducción del seguro de hogar en la declaración de los autónomos. Si el autónomo trabaja en casa, el seguro de hogar un gasto deducible también en la Renta 2024-2025.
¿En qué casilla se deduce?
Si el seguro de hogar está vinculado a una hipoteca, lo que pagues por él entra dentro de lo que la Agencia Tributaria considera gastos por inversión en la vivienda habitual. Para poder desgravarte las primas satisfechas, tienes que indicarlo en la declaración de la renta, en las casillas 547 (correspondiente al tramo estatal) y 548 (que se refiere al tramo autonómico).
Si eres propietario y quieres desgravar el seguro de hogar por arrendamiento, debes incluirlo como un gasto deducible a efectos del cálculo del rendimiento neto del capital inmobiliario (ya que obtienes un rendimiento, el alquiler, por esa propiedad). En tu caso, la casilla para desgravar el seguro de hogar es la 0114 (primas de contratos de seguros).
Por último, si eres autónomo y utilizas parte de tu vivienda para realizar tu actividad profesional, la casilla para incluir el seguro de hogar en la declaración es la 200 (primas de contratos de seguros), dentro del apartado de rendimiento de actividades económicas directas.
Deducción por inversión en vivienda habitual: casos y requisitos
Es importante tener claro qué se entiende, desde el punto de vista jurídico, por vivienda habitual, ya que la segunda residencia no desgrava en ningún caso. La Agencia Tributaria indica que un inmueble debe reunir dos requisitos para tener la consideración de vivienda habitual:
- Que sea tu residencia de manera permanente desde al menos tres años. Excepto si te has cambiado por matrimonio, separación, traslado laboral, cambio de empleo o cualquier otro supuesto que así lo requiera.
- Que te hayas mudado a ella de para habitarla de manera efectiva y permanente en un plazo de 12 meses desde su adquisición o desde que se entregó, tras su construcción.
El seguro de hogar, en general, no desgrava fiscalmente, únicamente es objeto de desgravación en el caso de que tenga una vinculación directa con una hipoteca. En este sentido, y según informa la Agencia Tributaria, puedes disfrutarlo en estos supuestos:
- Si compraste la vivienda antes del 1 de enero de 2013. La deducción dejó de aplicarse a las viviendas adquiridas a partir de este momento, ya que cambió la normativa relativa a la fiscalidad de la vivienda.
- Si pagaste por su construcción antes del 1 de enero de 2013.
- Si pagaste para rehabilitar o ampliar la vivienda antes del 1 de enero de 2013 y las obras finalizaron antes del 1 de enero de 2017.
- Si pagaste para su adecuación para persona dependiente antes del 1 de enero de 2013 y las obras finalizaron antes del 1 de enero de 2017.
El importe de la cobertura de incendio (la única que te obligan a contratar un seguro vinculado a una hipoteca) se suma así en la renta a los otros gastos por adquisición de la vivienda (los importes satisfechos en las cuotas de la hipoteca de ese ejercicio), como gastos deducibles.
Ejemplo práctico
Compraste la vivienda en 2010. Pagas 8.500 euros de hipoteca (capital + intereses) y 400 euros de seguro hogar (de los cuales 250 euros son de incendio). Cálculo:
- Base máxima deducción: 9.040 euros
- Total que puedes incluir: 8.500 + 250 = 8.750 euros
- Deducción: 15 % de 8.750 euros = 1.312,50 euros
Deducción por arrendamiento
Si eres propietario de una vivienda en alquiler , puedes deducirte el seguro de hogar como gasto a efectos del cálculo del rendimiento neto del inmueble. Esto significa que cuando calcules los ingresos netos por alquiler, puedes restar los costes de la póliza como gasto deducible.
Tienes derecho a deducirte todo tipo de seguros vinculados al inmueble arrendado: tanto si es un seguro multirriesgo como si solo cubre los daños mínimos (riesgo de incendio y Responsabilidad Civil) o se trata de seguros de impago de alquiler.
Eso sí, el seguro debe haber sido abonado por el propietario y durante el ejercicio fiscal sobre el que se está declarando. Es decir, siempre que estuviera vigente en 2025, podrá desgravar este gasto en la renta de 2026.
Ejemplo práctico
- Ingresos por alquiler: 12.000 euros
- Seguro hogar: 300 euros
- Tipo impositivo: 30 %
- Cálculo: Puedes deducir el seguro completo: 300 euros
- Ahorro fiscal: 300 euros × 30% = 90 euros menos de impuestos
El seguro de hogar, un gasto deducible para autónomos
Los trabajadores autónomos que utilizan una parte de su vivienda para desarrollar su actividad profesional pueden deducirse una parte del seguro de hogar en función del porcentaje de superficie destinada a su trabajo.
Por ejemplo, si eres autónomo y trabajas en tu casa como informático, concretamente en una habitación, podrás desgravarte la parte proporcional del seguro de hogar respecto a la habitación. Si ésta representa el 15 % de la vivienda, podrás incluir ese porcentaje del15 % de la prima como gasto deducible en tu actividad. Deberás cumplir una serie de requisitos:
- Que esté ligado a su actividad económica; esto es, que sea necesario para poder desarrollarla.
- Que quede registrado en los libros de contabilidad.
- Que esté justificado (con facturas).
- Que el gasto se haya producido durante el ejercicio al que corresponde la declaración en la que se va a desgravar.
Ejemplo práctico
- Seguro hogar: 400 euros
- Usas el 25 % de la vivienda como despacho
- Parte deducible: 25 % de 400 euros = 100 euros
- Ahorro: dependerá de tu tipo impositivo (por ejemplo, si es el 30 % te ahorrarás 30 euros)
¿Cuánto te puedes desgravar en total?
Hemos visto los tres supuestos en los que puedes deducirte el seguro de hogar. Ahora vamos a detallar cuánto es posible desgravarte fiscalmente en cada uno de ellos, las cantidades y porcentajes.
Por inversión en vivienda habitual
Te puedes desgravar el 15 % de lo que pagues (hipoteca + seguro + otros gastos vinculados), con un máximo de base de 9.040 euros. El resultado máximo son 1.356 euros al año. Recuerda que ese límite no es solo por el seguro, sino por todo (hipoteca + seguro). El seguro simplemente suma para alcanzar dicho máximo.
Hay dos tramos en la deducción, que se aplican sobre la base deducible: el estatal y el autonómico. El tramo estatal permite deducir un 7,50 %. El tramo autonómico, depende de cada territorio. Si no hay tramo autonómico, el porcentaje deducible es del 7,50 %.
Cuánto desgrava por arrendamiento
El arrendador puede desgravar el importe del seguro de hogar en su totalidad. Cada Comunidad Autónoma se fija una política fiscal en lo relativo a las deducciones del arrendador. Por ejemplo, existe una deducción por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda en Canarias. Si posees una casa en alquiler, no olvides consultar a qué deducción del seguro de hogar en la renta puedes optar en tu caso, entrando en la web de la Agencia Tributaria.
La regla general es que puedes deducir el seguro como gasto al 100 %, de manera que no hay un límite fijo.
Cuánto se puede deducir un autónomo
Como ya hemos comentado, los gastos deducibles del seguro de hogar si eres autónomo se basan en la parte de la vivienda ocupada para tu actividad (en relación con los m2 totales de la vivienda). Por ejemplo, una habitación de 15m2 de una casa de 85 corresponde al 17,6 % de la vivienda.
Este sería el porcentaje del seguro de hogar que desgravar. Si la prima total que has pagado como autónomo es, pongamos, de 150 euros, podrías deducirte como gasto en la renta en concepto de primas de seguros un total de 26,4 euros.
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¿Cuándo no desgrava el seguro de hogar?
Los supuestos en los que no podrás deducirte fiscalmente el seguro de hogar son los siguientes:
- Vivienda habitual comprada después de 2013: es el caso más común. Ya no existe la deducción por compra de vivienda habitual.
- No tienes hipoteca (casa pagada): es indiferente que sea tu vivienda habitual.
- Segunda residencia (no alquilada): por ejemplo, la casa de vacaciones en verano. No genera ingresos y no hay deducción posible.
- Vivienda vacía (sin alquilar): aunque sea una propiedad tuya no puedes deducir gastos, incluido el seguro.
- Autónomo que no afecta la vivienda a su actividad profesional: si trabajas desde casa pero no has declarado parte de la vivienda como afecta o no puedes justificarlo: entonces no puedes deducir nada del seguro.
- El seguro no está a tu nombre: no puedes deducir un gasto que no figura a tu nombre.
- Periodos en los que la vivienda no genera rendimiento: por ejemplo, si tienes la vivienda alquilada ocho meses, no puedes deducir el seguro de los meses que esté vacía.
Preguntas frecuentes
Aunque todo lo relacionado con la declaración de la renta puede ser complicado de entender, esperamos que, con estas preguntas frecuentes que incluimos a modo de recapitulación, no quede ninguna duda.
¿Puedo desgravar un seguro de hogar si ya he terminado de pagar la hipoteca?
No, en ningún caso. Cuando se desgrava el seguro de hogar por inversión en vivienda habitual se exige, por una parte, que sobre el inmueble pese el derecho de deducción. Y por otra, que el seguro esté ligado a una hipoteca aún en vigor. De hecho, el gasto del seguro se incluye dentro de los gastos por adquisición de vivienda, esto es, por la amortización del préstamo. Es necesario que haya un préstamo aún vigente.
¿Me puedo deducir el seguro de hogar si lo he dado de baja antes de acabar el año?
Puedes deducir los importes satisfechos —que correspondan en cada caso— del seguro de hogar. Recordemos que un seguro tiene una cuota anual. Aunque hubieras optado por fraccionar el pago, para cancelar el seguro tendrías que pagar las cuotas pendientes. Por tanto, en todo caso, estarías obligado a pagar la prima en su totalidad.
Además, en el supuesto de deducción por inversión en vivienda habitual, cuando se ha contratado un seguro de hogar ligado a la hipoteca, en caso de impago la aseguradora está obligada a informar al acreedor antes de que expire el plazo de gracia (de un mes, desde el impago).
Soy inquilino y pago un seguro de hogar. ¿Me lo puedo desgravar?
Depende. Si además de inquilino eres autónomo y teletrabajas, sí; podrás incluirlo como un gasto deducible. Eso sí, solo podrás deducirte un porcentaje, en función de los m2 de vivienda dedicados a tu actividad económica.
¿Qué parte del seguro desgrava (todo o solo incendio)?
La parte del seguro que desgrava depente del caso:
- Seguro hogar vinculado a hipoteca antes de 2013: solo incendio.
- Vivienda alquilada: todo el seguro.
- Autónomo que trabaja en casa: parte proporcional.
¿Qué documentación tendré que aportar?
Deberás aportar toda aquella documentación justificativa. Por ejemplo, los recibos de pago de la prima, así como el contrato de hipoteca y póliza donde se verifique la vinculación a la hipoteca o uso del inmueble.
¿Puedo desgravar un seguro de hogar si compré la casa después de 2013?
No, ya no existe la deducción por vivienda habitual para nuevas compras. Por tanto, uno de los requisitos es que la vivienda fuese adquirida antes del 1 de enero de 2013.
¿Se puede deducir el seguro en una segunda residencia? ¿Y si la casa está vacía?
Si la vivienda es segunda residencia, no podrás deducirte el seguro de hogar. Lo mismo sucede si está vacía. El requisito es que sea vivienda habitual (primera residencia).
¿Si alquilo la vivienda solo parte del año, puedo deducir el seguro?
Sí, pero solo la parte proporcional al tiempo alquilado. Por ejemplo, si la alquilas seis meses, ese será el periodo que podrás deducirte, el resto no.
¿Cómo se incluye el seguro en la declaración?
Hay diferentes formas de incluir el seguro en la declaración, según el motivo que te permita desgravártelo:
- Hipoteca: dentro de deducción por vivienda habitual.
- Alquiler: como gasto en rendimientos del capital inmobiliario.
- Autónomos: como gasto afecto a la actividad profesional.
¿Se puede deducir si el seguro está a nombre de otra persona?
No. El requisito para poder deducirte el seguro de hogar es que debe estar a nombre del contribuyente que declara el gasto.
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