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Qué seguros desgravan en la declaración de la renta 2025

Qué seguros puedes deducirte en la declaración de la renta para pagar menos impuestos
Hogar
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El próximo 8 de abril se inicia la nueva campaña de la Renta 2025, un período en el que querrás saber cuáles de tus seguros desgravan. No hay respuesta unívoca, pues depende de tus condiciones. Entre otras, es posible deducirse la póliza de casa, del coche, el seguro de salud, el de vida, el de Responsabilidad Civil... Te contamos cuándo y cómo hacerlo si cumples los requisitos correspondientes.

 

¿Qué seguros se pueden desgravar en la renta?

No todos los seguros permiten reducir la base imponible, pero algunos de ellos sí permiten beneficiarse fiscalmente siempre que se cumplan una serie de condiciones fijadas por la Agencia Tributaria. En realidad, la posibilidad de desgravar seguros en la declaración de la renta (IRPF) depende mucho del tipo de seguro y de tu situación personal (autónomo, vivienda, empresa, etc.). 

Estos son los seguros que se pueden desgravar en la renta cumpliendo los requisitos establecidos por las leyes tributarias. La aplicación concreta puede variar según tu situación fiscal, por lo que conviene revisarlo con un asesor o en el borrador de la renta: 

Seguro de hogar

Particulares, autónomos y arrendadores pueden desgravar el seguro de hogar en su declaración de la renta. Cada cual, con sus condiciones, establecidas en la legislación fiscal:

Cuándo desgrava para los particulares

El seguro de hogar desgrava si está vinculado a una hipoteca vigente y la vivienda se compró antes del 1 de enero de 2013, teniendo además la consideración de vivienda habitual. Además, el seguro debe haberse contratado en el momento de formalizar el préstamo o estar relacionado con obras de adaptación, especialmente en casos de discapacidad, y dichas obras haber finalizado antes del 1 de enero de 2017. 

Puedes deducirte la prima correspondiente a la cobertura de incendios y desgravar un porcentaje de hasta el 15 %, con una deducción máxima de 1.356 euros. Casillas 547 y 548 del IRPF.

Cuándo desgrava para los autónomos

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que trabajen desde su casa y cuya vivienda se encuentre vinculada a la actividad, tienen la posibilidad de deducirse el seguro del hogar, aunque con un matiz importante que conviene conocer.  

Únicamente podrán deducirse un porcentaje de la prima del seguro, no toda su totalidad. Este se calcula en base a la superficie de la vivienda que ocupan para desempeñar la actividad profesional. Se declara en la casilla 200 del IRPF. Y deben tributar en el régimen de estimación directa.

¿Y para los arrendadores?

Los propietarios de viviendas en alquiler pueden deducirse sus seguros de hogar, así como los destinados a cubrir impagos de rentas de arrendamientos (en algunas comunidades). Deberás consultar la fiscalidad de los seguros para viviendas en alquiler que esté vigente en tu comunidad autónoma. Se desgrava en la casilla 0114, que corresponde a los gastos deducibles del inmueble.

Cuándo desgrava el seguro de vida

Hay tres posibles escenarios en los que podrías desgravar el seguro de vida en tu declaración de la renta 2025-2026.

Si está vinculado a una hipoteca en vigor anterior al 1 de enero de 2013

El seguro de vida, al igual que en el caso del seguro de hogar, desgrava si está vinculado a una hipoteca de una vivienda que se haya comprado antes del 1 de enero de 2013 y que sea la vivienda habitual.

Podrás desgravarte hasta el 15 % de todas las cantidades destinadas a la adquisición del inmueble, incluyendo, en las cuentas, la prima del seguro de vida. Casilla 547 (y 548) Deducción por vivienda habitual. 

Si eres autónomo

Los autónomos o profesionales por cuenta propia pueden desgravarse el seguro de vida si la Agencia Tributaria lo considera como un gasto deducible ligado al desarrollo de su actividad

En su caso, pueden deducirse de su base imponible hasta 500 euros (que se incrementa a 1.500 euros para los autónomos con discapacidad) de la prima del seguro de vida. Se deduce en la casilla 200 (“Primas del seguro”), dentro del rendimiento de actividades económicas en estimación directa.    

Cuando está vinculado a un plan de ahorro

Las cantidades que podrás deducir en este caso variarán en función de la edad. Podrás desgravar las aportaciones realizadas a un plan de ahorro, siempre dentro de unos límites. Las condiciones también dependerán del tipo de producto de ahorro contratado.

Por ejemplo, en los PPA, puedes desgravar como máximo 1.500 euros anuales o el 30 % de la suma de los rendimientos netos de trabajo y de actividades económicas. La cantidad que sea menor, entre estas dos opciones. Casilla 462 Sistemas de Previsión Social.

¿Desgrava el seguro de salud?

El seguro médico desgrava, pero en situaciones muy particulares. Y están relacionadas con la actividad profesional. Por eso, no podrás desgravar el seguro médico en tu declaración de la renta como particular; siempre, como trabajador, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia.

  • Asalariados: el seguro médico desgrava cuando lo contratas a través de la empresa. Puede ser a través de un Plan de Retribución Flexible en el que el seguro médico es parte del salario; un cobro en especie. Pero también contratando y pagando (parte o todo) por su cuenta un seguro médico ofertado por la empresa.
  • Desgrava si eres autónomo y cumples los requisitos (entra en la guía para saber más). Puedes deducir el importe de la prima, para ti y los que incluyas en la póliza.

¿Y el seguro de coche?

Solo si eres autónomo y el vehículo está ligado a tu actividad profesional desgrava el seguro de coche. Por tanto, para la mayoría de los contribuyentes no es deducible este seguro. Se declara en la casilla 200 del IRPF. Además, para que así sea, el coche debe considerarse elemento patrimonial afecto, es decir: uso exclusivo en la actividad profesional y que sea imprescindible para generar ingresos. Si se cumple, puedes deducir el 100 % de los gastos (compra, reparaciones, peajes, ITV y seguro).

Además, Hacienda permite la deducción al 100 % también, aunque haya uso accesorio en casos como:

  • Transporte de mercancías   
  • Servicios de transporte a clientes   
  • Clases de conducción  
  • Traslado de trabajadores o vendedores   
  • Pruebas, demostraciones o actividad comercial (representantes, agentes, vigilancia, etc.)   

¿Qué otros seguros desgravan?

Nos hemos centrado en estos tres ramos (salud, vida y hogar) por su importancia, teniendo en cuenta al número de personas que puede interesar. Pero hay otros seguros que se pueden desgravar en la renta. Revisa si estás en alguna de estas situaciones: aún podrías pagar menos impuestos en tu declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2025.

Seguro de baja laboral o incapacidad

Es una póliza que te paga una cantidad diaria o mensual de dinero cuando no puedes trabajar por enfermedad o accidente. Si eres trabajador por cuenta ajena no te lo puedes deducir, aunque lo pagues tú. 

En cambio, si eres un trabajador por cuenta propia (autónomo) sí puedes, ya que se considera gasto necesario para la actividad profesional. El único requisito es que esté relacionado con tu actividad. Puedes deducirte el 100 % de la prima pagada. En la casilla 200 relativa a Primas de seguros.

Seguro de impago de alquiler

Si eres un propietario que alquila una vivienda puedes desgravarte en el IRPF hasta el 100 % de la prima del seguro. El porcentaje dependerá de cada Comunidad Autónoma y se puede consultar en la AEAT. Casilla 0114 Gastos deducibles del rendimiento del capital inmobiliario. También puedes deducirte otros gastos de la vivienda, como el IBI, comunidad, reparaciones, etc.

Seguro de Responsabilidad Civil profesional

De nuevo, solo si eres autónomo y es un seguro que te protege frente a posibles riesgos en los que se causen daños a terceros durante el desarrollo de tu actividad profesional. Casilla 200 Gasto deducible de actividad.

¿Qué seguros no son deducibles?

Un seguro solo desgrava si cumple al menos una de estas condiciones: está ligado a una actividad económica, forma parte de inversión deducible (hipoteca anterior a 2013) y genera o protege rendimientos (alquiler, negocio, etc.). Por tanto, no desgravan los siguientes seguros:

  • Seguro de decesos: generalmente no es deducible en el IRPF puesto que no genera rendimiento económico ni está ligado a una actividad profesional, salvo casos muy excepcionales.
  • Seguro de viaje: no es deducible porque está considerado como un gasto personal sin relevancia fiscal.
  • Seguro de móvil o dispositivos: tampoco desgrava porque se trata de un gasto de carácter privado sin relación fiscal.
  • Seguro de mascotas: no deducible a nivel estatal, salvo afecto a la actividad económica.
  • Otros por no están vinculados a ingresos ni actividad económica: seguro dental, seguros de objeto de valor, seguro de accidente, seguro de dependencia.

Resumen de la normativa jurídica de la fiscalidad de los seguros 

La fiscalidad de los seguros en España se regula principalmente por la Ley 35/2006 del IRPF, que establece su tratamiento en función de quién paga el seguro, su finalidad (personal o profesional) y el tipo de rendimiento al que se vincula. Entre los artículos clave destacan el art. 19 (gastos del trabajo), arts. 28 y 30 (actividades económicas y autónomos), art. 42 (retribuciones en especie), arts. 51–52 (previsión social) y art. 68.1 (vivienda habitual). En resumen y por tipo de póliza:

  • Seguro de salud: puede ser deducible para autónomos (art. 30.2.5ª) y, si lo paga la empresa, se considera retribución en especie exenta hasta ciertos límites (art. 42.3.c).
  • Seguro de vida: tributa como rendimiento del capital mobiliario (art. 25.3) y, si actúa como sistema de previsión social, permite reducir la base imponible dentro de los límites legales (arts. 51 y 52).
  • Seguro de hogar: es deducible si el inmueble está en alquiler (art. 23) y puede vincularse a la deducción por vivienda habitual en regímenes anteriores (art. 68.1).
  • Seguro de coche: solo es deducible cuando el vehículo está afecto a una actividad económica (arts. 28 y 30).
  • Seguros profesionales (responsabilidad civil, baja laboral, etc.): son deducibles como gasto necesario de la actividad (arts. 28 y 30.2).
  • Seguro de impago de alquiler: se deduce como gasto en rendimientos del capital inmobiliario (art. 23.1) y se desarrolla en el art. 13 del Reglamento del IRPF.

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Son muchos más los seguros que no se pueden desgravar en la renta. Precisamente por eso, las ventajas fiscales de los seguros de vida, los seguros de hogar y los seguros de salud son uno de los muchos atractivos con los que cuentan. Y una razón añadida para proteger estos aspectos tan importantes de tu vida.

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Lorena Papí

Redactado por

Lorena Papí Rodes Ver perfil de Lorena Papí en LinkedIn

Periodista especialista en seguros

Publicado el 30/05/2025

Lorena Papí

Revisado por

Águeda Llorca Ver perfil de Águeda Llorca en LinkedIn

Jefa de redacción de seguros y finanzas

Última actualización el 30/03/2026

Equipo de redacción y política editorial