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Beneficiario Seguro de Vida

¿Se puede cambiar el beneficiario en el seguro de vida? Asesórate con Acierto.com

El beneficiario del seguro de vida es una de las figuras más importantes de una póliza de este tipo. Te explicamos por qué y resolvemos todas las preguntas clave. Y, si quieres contratar ya tu seguro de vida y designar bien a sus beneficiarios, entra ya en nuestro comparador de seguros de vida y déjate asesorar. Gratis y sin compromiso.

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¿Quién es el beneficiario de un seguro de vida?

Hay una serie de decisiones que debes tomar en el momento de contratar un seguro de vida. Y que van a ser trascendentales para el futuro de los tuyos: cuánto dinero vas a dejar y a quién. Poniendo el foco en la segunda cuestión —a quién— llegamos al protagonista de esta guía: el beneficiario del seguro de vida. Y más concretamente, al beneficiario del seguro de vida riesgo, que es en quien nos centraremos.

Porque, como habrás supuesto, el beneficiario de un seguro de vida es la persona a la que dejas ese importe asegurado por la póliza. Es decir, es quien recibirá la indemnización pactada en las condiciones particulares de tu seguro, en caso de que se den las circunstancias frente a las que se asegura el capital. Es decir, si el tomador del seguro fallece antes del vencimiento de la póliza. O ocurra cuando ocurra, en los seguros de vida entera.

Pero ojo, porque este beneficiario puede no ser una persona. O coincidir con el tomador del seguro. Depende de la finalidad de esa cuantía: para qué aseguras el dinero. Lo explicamos a continuación.

Beneficiario del seguro de vida: familia

¿Quién puede ser beneficiario de un seguro de vida?

Cuando pensamos en seguros de vida los relacionamos automáticamente con la familia: son una forma de asegurar su bienestar económico. Pero los hijos y la pareja no son los únicos que pueden figurar como beneficiarios de un seguro de vida. Hay otras opciones. Todo depende del motivo que te haya llevado a contratar la póliza. Y del tipo de seguro de vida que contrates. 

Seguro de vida cuyo beneficiario es el banco

No siempre nos interesa que un familiar figure como beneficiario de un seguro de vida. Al menos, desde el punto de vista fiscal y si la intención de dejar el dinero es evitar que la familia se haga cargo de una fuerte deuda, como una hipoteca u otro tipo de préstamo.

Si esta es tu razón para contratar un seguro de vida, el beneficiario debe ser el banco. Es lo que se conoce como seguro de vida para amortización de préstamo. De esta forma, la entidad cobraría la cuantía correspondiente al importe pendiente de amortizar, y el resto (si has asegurado una cuantía extra, más allá de lo que te quede por pagar) podría ir a un segundo beneficiario.

Si lo hicieras al revés, la persona que figure como beneficiaria tendría que pagar muchos más impuestos, ya que debe declarar la cuantía recibida en su declaración de la renta. En este sentido, no es lo mismo tributar por un capital de 200.000 euros que de 20.000.

Cualquier persona que el tomador designe

Y no tiene por qué ser un familiar directo, aunque es lo más habitual. Sea quien sea, lo importante es que sea consciente de ello. De ahí que se creara un registro de seguros de vida y de accidentes (en definitiva, con cobertura de fallecimiento). Para que fuera posible saber si alguien que ha fallecido contaba con un seguro de este tipo y que la indemnización prevista no quedara sin cobrar.

Seguro de vida cuyo beneficiario es el tomador

Aunque el seguro de vida cubra, principalmente, la muerte del tomador, él también puede ser beneficiario de su póliza. Eso sí, siempre que se garanticen capitales para otros supuestos en los que él podría recibir tales cuantías: la invalidez permanente y absoluta y/o el capital para enfermedades graves. En ambos casos, el tomador sería el beneficiario del seguro de vida.

También lo es en los seguros de vida ahorro, que garantizan un capital más cierta rentabilidad (depende del producto) para el plazo pactado (como la jubilación). Estos seguros también cuentan con cobertura de fallecimiento: si se produce antes del fin del contrato, los beneficiarios designados recibirían el capital asegurado más un capital adicional.

Cómo se designa al beneficiario de un seguro de vida

Cuando se formaliza el contrato de seguro de vida, el tomador designa a unos beneficiarios. O no. En realidad, no es imprescindible, en ciertos casos. Por eso podemos hablar de designación tácita y designación expresa. Vemos la diferencia:

Designación tácita del beneficiario de un seguro de vida

Al no designar beneficiario del seguro de vida, el capital garantizado va a parar a los herederos legales. Siempre que sean conscientes de que existe la póliza y reclamen el cobro de la indemnización pactada.

Tal y como establece el Código Civil Español, los herederos legales (“forzosos”) son:

  • Los descendientes, si los hubiera. Tanto los hijos naturales como los adoptivos. Si no hubiera descendientes, los beneficiarios pasan a ser:
  • Los ascendientes (padres).
  • El viudo o la viuda.

La ley establece cuál es la legítima reservada (la parte que les corresponde legalmente) de cada una de las partes. Si hay hijos, a estos les corresponden las dos terceras partes del dinero. Si no hay, los ascendientes reciben la mitad del dinero si el titular tampoco estaba casado, o una tercera parte en caso de que si haya cónyuge legal.

Designación expresa del beneficiario

En la designación expresa, la figura del beneficiario del seguro de vida está bien definida. Pero pueden incluirse nombres y apellidos o, simplemente, recurrir a la fórmula “herederos legales”, si el tomador tiene claro que quiere que se reparta entre ellos y conforme a lo que dicta la ley.

También puede dejar designado como beneficiario al banco, en el caso de que el capital esté vinculado a la amortización de un préstamo, como ya hemos visto.

Beneficiario según el seguro de vida vs beneficiario según el testamento

Ahora bien, lo que prevalece en última instancia, lo que se considera la última voluntad del asegurado, es lo que diga el testamento. Incluso si contradice lo fijado en la póliza.

Por ejemplo, el tomador podría no haber designado beneficiario del seguro de vida. En tal caso, correspondería a los herederos legales cobrar la indemnización. Sin embargo, en su testamento podría haber expresado su voluntad de que sea una persona en concreto quien reciba el capital asegurado.

La familia debe tener claro, ante esta situación, que lo que quede registrado en un testamento avalado por un notario se antepone a lo pactado en cualquier contrato. En este sentido, conviene contar con un testamento abierto notarial, ya que en los testamentos ológrafos (el que redacta de su puño y letra el testador) basta omitir un dato como el año o la firma para que no sea válido.

Con un testamento abierto notarial es además el notario quien aconseja al testador sobre la mejor forma de repartir. De esta forma, no hay posibilidad de que se extravíe ni que se malinterprete nada en el texto.

Beneficiario del seguro de vida: notario

¿Se puede cambiar al beneficiario de un seguro de vida?

Llegados a este punto, te interesará saber si dispones de más tiempo para pensar bien en quién quieres que sea tu beneficiario, más allá del momento de la contratación de la póliza. O si puedes cambiar de idea, más adelante.

Lo cierto es que tienes total flexibilidad. Puedes comunicar a la aseguradora tu intención de cambiar a los beneficiarios designados, para que te informe de los pasos a seguir. Es imprescindible que quede constancia de ello y que de ninguna forma haya confusiones respecto a un dato tan importante como ese, en el momento del fallecimiento del tomador.

También puedes optar por dejar constancia de tu cambio de opinión en tu testamento. Como ya hemos visto, lo que este exprese prevalece sobre lo designado en la póliza.

En cualquier caso, lo hagas como lo hagas —y teniendo en cuenta el objetivo tan importante de este seguro—, no puedes permitir que un error como no notificar adecuadamente el cambio de beneficiario a la compañía o que el testamento se pierda por no haberlo hecho ante notario arruine esa tranquilidad por la que has pagado con cada cuota.

¿Qué debe hacer el beneficiario para cobrar el seguro de vida?

Cobrar el seguro de vida es sencillo, si respetas el protocolo marcado por la compañía. Y por la Ley de Contrato de Seguro. En este sentido, los beneficiarios tienen un plazo de siete días para comunicar el siniestro a la aseguradora. Acto seguido, deberán reunir toda la documentación requerida: la póliza de vida, DNI del asegurado, justificación de liquidación del Impuesto de Sucesiones, etc.

Según la Ley de Contrato de Seguro, la aseguradora dispone de un plazo de 40 días desde la notificación para abonar la indemnización según lo dispuesto en la póliza (a los beneficiarios designados). O al menos, dice la citada ley, el importe mínimo.

El pago puede efectuarse en un único abono (el capital garantizado) o en forma de renta temporal (por el período de tiempo pactado y en mensualidades). Todo depende de lo fijado en la póliza. Si quieres seguir ampliando la información sobre cómo cobrar un seguro de vida, pincha en el link y lee nuestra completa guía práctica sobre el tema. Y si tienes problemas para cobrar un seguro de vida, también te asesoramos.

Contrata tu seguro de vida con asesoramiento experto

Ya has visto la trascendencia que tiene el hacer bien las cosas, cuando se trata de contratar un seguro de vida. Y no solo en lo que respecta a los beneficiarios. También en cuanto al importe a asegurar (que sea suficiente), las coberturas que necesitas y otros aspectos.

Por eso, contar con el asesoramiento de un grupo de corredores de seguros con más de 10 años de experiencia, es toda una ventaja. Es lo que vas a encontrar si comparas seguros de vida en Acierto.com.

Además de conseguir una completa comparativa personalizada con propuestas de las principales aseguradoras del ramo (y toda la información que necesitas), puedes solicitar asesoramiento personalizado de uno de nuestros agentes especializados en seguros de vida. Podrás resolver dudas, ampliar información, obtener ayuda experta para las decisiones delicadas y más. Y estaremos a tu lado durante todo el proceso de contratación, pero también mientras tu seguro esté vigente.

Te resultará fácil acertar con tu elección. Porque tendrás toda la información que necesitas para contratar con conocimiento de causa. Porque podrás comparar un gran número de pólizas —sus precios, condiciones y coberturas— y detectar así el seguro de vida que mejor se ajusta a ti.

Beneficiario del seguro de vida: familia

El beneficiario en un seguro de vida: preguntas frecuentes

No queremos terminar sin asegurarnos de que no te queda ninguna duda acerca de la figura del beneficiario del seguro de vida. Y la mejor forma de hacerlo es responder a esas preguntas frecuentes: las más habituales entre los usuarios que están pensando en contratar un seguro de vida.

Pero también te ofrecemos la posibilidad de resolver tus inquietudes con uno de nuestros agentes. Simplemente, contacta con nuestro call center o déjanos tu número a través del comparador, para que te llamemos, sin ningún compromiso para ti.

¿Puede haber más de un beneficiario en el seguro de vida?

Sí. La prueba está en que si puedes nombrar beneficiarios a los herederos legales, por fuerza puede haber más de un beneficiario. Tantos como miembros tenga tu familia, contabilizando a los hijos, los ascendientes y el/la cónyuge. En definitiva: el número de posibles beneficiarios del seguro de vida es ilimitado. La única condición es asignar un porcentaje de la cuantía asegurada a cada uno de los beneficiarios.

¿Cómo puedo saber si soy beneficiario de un seguro de vida?

Desde 2018, cualquier persona puede saber si es beneficiario de un seguro de vida. Solo tiene que acudir al Registro de Seguros de Vida y de Accidentes. En este fichero, de acceso público, se registran todos los seguros con cobertura de fallecimiento que han sido contratados. Los beneficiarios tienen un plazo de cinco años desde el fallecimiento para reclamar el cobro de un seguro a la aseguradora. Es el mismo tiempo que se dispone para acudir al registro y poder acceder a esa información.

¿A quién poner de beneficiario en un seguro de vida?

Si quieres que el dinero se use para amortizar un préstamo (como una hipoteca), el banco con el que hayas formalizado dicho préstamo debería ser el primer beneficiario. De esta forma, el segundo beneficiario (o el resto de los beneficiarios), solo pagarán por el capital que sobre una vez abonada la deuda pendiente. Ten en cuenta que, si reciben todo el capital y deben amortizar posteriormente el préstamo, pagarán más impuestos.

Si no tienes préstamos vigentes en el momento de contratar el seguro, lo habitual es que nombres beneficiarios a tus herederos legales. Si tienes preferencias, puedes designar a unos beneficiarios concretos y fijar tú mismo qué porcentaje de la cuantía recibirá cada uno.

¿Qué pasa si el beneficiario de un seguro de vida fallece?

Hay tres escenarios posibles: que fallezca en vida del tomador, que fallezca al mismo tiempo o que fallezca en algún momento del período de tiempo durante el cual se puede reclamar el cobro del seguro de vida (hasta cinco años después del fallecimiento).

En el primer caso, se trata de designar a un nuevo beneficiario. En los otros dos escenarios, si no hay más beneficiarios, el capital del seguro de vida pasaría a los herederos forzosos. Por orden, hijos, padres y cónyuge.

¿Es lo mismo beneficiario de seguro de vida que heredero?

No necesariamente. Podrían coincidir, si hay una designación tácita (no se nombran beneficiarios y por tanto lo son los herederos) o una designación expresa de que los beneficiarios sean sus herederos legales.

En cualquier caso, el heredero es a quien corresponde por ley la transmisión del patrimonio que deja el fallecido. En ocasiones el beneficiario expresamente designado no lo es por ley, sino porque así lo ha querido el tomador del seguro. Por ejemplo, podría ser una persona ajena a su familia.

 

Actualizado el 30/10/2023 por el equipo de redacción de acierto