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Qué hacer cuando fallece un familiar: trámites y gestiones

Un seguro de vida o un seguro de decesos pueden ayudarte con los trámites tras el fallecimiento de un ser querido

Son muchos los trámites tras el fallecimiento de un ser querido que requieren de la atención de la familia. Desde Acierto.com, hemos recopilado el paso a paso para afrontar esta situación y resolver todas estas dudas: ¿cómo gestionar la muerte de un familiar? ¿Qué hacer cuando fallece en casa? ¿Qué se puede hacer (y qué no) con sus cenizas? Sigue leyendo para saber más.

También te explicamos cómo puede ayudarte un seguro de vida en todos estos trámites y gestiones. Y si no tienes uno y estás pensando en contratarlo, te ayudamos con nuestro comparador de seguros de vida. Podrás cotejar precios, coberturas y más en las mejores aseguradoras del ramo. Además, te acompañaremos durante todo el proceso y te asesoraremos, si lo necesitas. Somos corredores expertos con más de 10 años de experiencia.

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Qué hacer cuando fallece un familiar en casa

Los trámites tras el fallecimiento de un familiar comienzan desde el mismo momento en el que esa muerte se produce o somos conscientes de ella, ya que los plazos para llevar a cabo muchas de estas gestiones son cortos. Además, estos pasos son diferentes según el escenario ante el que nos encontremos. Para saber qué hacer cuando fallece un familiar en casa, solo hay que seguir estas indicaciones:

Si tu familiar tenía un seguro de vida, puedes despreocuparte de la mayoría de ellos. Sobre todo si eligió bien a su compañía, ya que la lista de prestaciones puede variar mucho. Hay compañías que incluyen el asesoramiento para este tipo de gestiones y los servicios de una gestoría.  Es muy desagradable descubrir en estos momentos que no cuentas con ninguno de estos apoyos por parte de la aseguradora. 

En este sentido, contratar un seguro de vida a través de una plataforma transparente e independiente como la nuestra te garantiza que no habrá sorpresas desagradables cuando menos las necesitas porque sabrás lo que contratas: nuestros expertos te explicarán todas las condiciones de tu seguro, antes de firmarlo. 

Si tu familiar no tenía un seguro de vida, es la familia la que deberá hacerse cargo de todo por su cuenta, sin asesoramiento. En ese caso, hay que seguir estas indicaciones:

Llamar al 112 para que se persone un médico

Llamar a emergencias es lo primero que se debe hacer cuando fallece un familiar en casa, y los familiares cuentan con un plazo de 24 horas para ello. Porque es un médico el que debe certificar la defunción, en caso de ser una muerte previsible y/o por causas naturales.

La situación cambia en caso de muerte judicial, si así lo determina un médico —por ejemplo, en caso de muerte violenta o de suicidio— o resuelve que no puede determinar la causa de la muerte. En este escenario, se requiere una carta –orden de un juzgado– para ordenar el traslado del cuerpo a la institución pertinente, para su autopsia. Una vez realizada esta si así se autoriza, se puede trasladar al fallecido a la funeraria elegida.

Si la muerte es natural y en caso de que el fallecido hubiera contratado un seguro de decesos, la siguiente llamada será a la compañía. Ellos se encargarán de gestionar el traslado del cuerpo hasta la funeraria.

Llamar a la funeraria para el traslado del cuerpo

Si el fallecido carecía de seguros que prestaran este servicio, será la familia la que deba hacerse cargo de llamar a la funeraria elegida y organizar el traslado de su familiar.

También deberán encargarse de elegir el ataúd, la lápida, los detalles de la ceremonia y todo lo que rodea a la organización del servicio funerario. Tareas que un seguro de decesos puede hacer por la familia, si se cuenta con él.

Obtener los documentos pertinentes

Más adelante explicamos cuáles son todos esos documentos. Pero es importante que sepas en qué momento se han de solicitar. En este sentido, el dato relevante es el plazo: se debe inscribir el fallecimiento en el Registro Civil en las 24 horas posteriores al mismo, por lo que la obtención de esos documentos —imprescindibles para la inscripción— ha de realizarse con celeridad.

En este punto, un buen seguro de vida puede facilitarte enormemente esta burocracia al informarte sobre todo el papeleo y cómo obtenerlo y al prestarte sus servicios de Gestoría y de asesoría jurídica para ocuparse de todo por ti. De ahí la importancia de comparar seguros de vida antes de contratar: te permite cotejar no solo precios, también las coberturas, servicios gratuitos y ventajas de unas pólizas y otras.

Inscribir la muerte en el Registro Civil

Dentro de los trámites tras el fallecimiento, es el paso previo a la celebración del sepelio. Hasta que no conste el fallecimiento en el Registro Civil (presencial o por correo) no se puede producir el servicio fúnebre. Más adelante veremos por qué.

Además, y tal y como se especifica, en la web del Ministerio de Justicia, “el facultativo que haya asistido al difunto en su última enfermedad, o cualquier otro que reconozca el cadáver deberá enviar inmediatamente al Registro Civil el parte de defunción”.

Qué hacer cuando fallece un familiar en el hospital

Conocer qué hacer cuando fallece un familiar en el hospital es aún más sencillo. Porque no tienes que llamar a emergencias, será un médico el que certifique el fallecimiento y el propio hospital entregará el certificado de defunción a la familia.

Si el fallecimiento se produce en el hospital, desde el Ministerio de Justicia informan de que están “obligados a promover la inscripción del fallecimiento” los familiares más cercanos y también “la dirección de los hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios donde haya ocurrido el fallecimiento”.

Trámites tras el fallecimiento: qué documentos necesito

La obtención de documentos es uno de los primeros trámites tras el fallecimiento, puesto que de ellos dependerá que la funeraria pueda organizar el sepelio. Hablamos de la documentación que se requiere antes y durante el funeral.

También dependerá de haberlos obtenido que pueda actuar el seguro de decesos para hacerse cargo del servicio funerario, si el fallecido contaba con uno. Y que los beneficiarios designados puedan, más adelante, cobrar el capital asegurado por una póliza de vida, si el fallecido la contrató en su día.

Es en momentos como estos en los que contar con un seguro de vida con servicio de gestoría se convierte en un salvavidas. Por eso es tan importante elegir bien con qué compañía contratar un seguro de tanta importancia. En este sentido, confía en Acierto.com: somos seguros, somos expertos y somos transparentes.

A continuación, te explicamos los documentos imprescindibles para gestionar la muerte de un familiar, desde el punto de vista de la Administración.

Certificado médico de defunción

Como ya te hemos contado, el certificado de defunción lo expide un facultativo de Medicina, y lo hace en base a un modelo creado por la Organización Médica Colegial (OMC) y el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos. Para expedirlo, necesita los siguientes datos:

  • Fecha y lugar del fallecimiento.
  • DNI del fallecido.
  • Copia del DNI del solicitante.
  • Copia del Libro de Familia que refleje la relación de parentesco.

Orden judicial (en muertes judiciales)

Si hablamos de una muerte judicial, es decir, si existe un caso de procedimiento penal de investigación por muerte violenta, la orden judicial es el documento equivalente al certificado médico de defunción. En este sentido, imprescindible para realizar la inscripción de la defunción en el Registro Civil.

Inscripción de la defunción

Este trámite tras el fallecimiento presenta un plazo muy breve para ser realizado. Según lo dictaminado por el Reglamento de Registro Civil, la declaración, la práctica de comprobaciones y la inscripción de la defunción deben realizarse en un plazo de 24 horas y presentando esta documentación:

  • Certificado médico de defunción.
  • Fotocopia del DNI o pasaporte del fallecido.
  • Impreso oficial de declaración de fallecimiento por familiar y autorización del funerario.

Se realiza con esta celeridad porque de la inscripción depende que se obtenga la licencia de enterramiento. Por eso, hasta que no se lleva a cabo este trámite tras el fallecimiento de un familiar, no es posible celebrar su funeral.

Licencia de inhumación o incineración

Como acabamos de ver, es en el Registro Civil donde facilitan la licencia de inhumación o incineración al solicitante de la inscripción de la defunción. Con esta licencia, la empresa funeraria ya puede organizar la celebración del servicio fúnebre, ya sea un enterramiento o una cremación.

Baja en la Seguridad Social

Se ha de producir en un plazo de 30 días tras el fallecimiento. Es un trámite necesario para poder acceder a las prestaciones públicas que le puedan corresponder a la familia. Es un trámite muy sencillo: basta acudir a cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) aportando el certificado de defunción.

Trámites tras el fallecimiento: qué documentos necesito para gestionar una herencia

Una vez celebrado el funeral, hay otra serie de documentos que se pueden obtener y de trámites a realizar, en caso de que haya una herencia que repartir. El paso previo es averiguar si existe un testamento notarial en el que se especifique cómo se reparte la herencia.

Vamos a detallar los trámites tras el fallecimiento que debe llevar a cabo la familia (o en su caso, el servicio de gestoría de la compañía con la que se hubiese contratado un seguro de vida o de decesos) en caso de querer realizar un acto sucesorio.

Estos trámites puede simplificarse mucho si el asegurado tenía seguro de vida: basta llamar a la compañía para conocer la existencia o no existencia de un testamento y en qué notaría se custodia. Y es que un seguro de vida puede hacer mucho por ti. Si te estás planteando contratar uno, podemos asesorarte para conseguir el seguro de vida que vaya más allá de las clásicas coberturas y te ofrezca estas ventajas extra. 

En cualquier caso, sea la familia del fallecido o el servicio de gestoría de la aseguradora la que los realice, estos son los trámites necesarios en caso de querer realizar un acto sucesorio. 

Certificado literal de defunción

El certificado literal de defunción acredita de forma oficial (y de cara a la Administración) la muerte de una persona. Obtener este certificado es uno de esos trámites tras el fallecimiento que se han de realizar con celeridad; en cuanto se disponga del certificado médico de defunción. Necesitarás tener este documento si quieres gestionar una pensión o solicitar el certificado de actos de última voluntad, imprescindible para conocer la existencia de un posible testamento y proceder a gestionar la herencia. 

Se puede solicitar a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia y tramitar telemáticamente. En este caso, se puede recibir por correo o esperar las indicaciones del Registro Civil para recogerlo en ventanilla.

La solicitud también puede ser presencial. El solicitante ha de aportar su DNI e indicar:

  • Nombre y apellidos del fallecido.
  • Fecha y lugar de fallecimiento.
  • Tipo de certificado que se desea: Literal Extracto Ordinario o bilingüe, internacional o plurilingüe.

Certificado de actos de última voluntad

El certificado de últimas voluntades es un documento que acredita si el fallecido a otorgado testamento y ante qué notario. Es imprescindible a la hora de realizar un acto sucesorio (tramitar una herencia). No puede solicitarse antes de que hayan pasado 15 días hábiles tras el fallecimiento (sin contar el día en el que se produjo).

Para conseguir este certificado es necesario rellenar el Modelo 790, que puede conseguirse en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o bien descargarse en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Además, debes presentar el Certificado Literal de Defunción (original o fotocopia compulsada) y que expide el Registro Civil de la localidad correspondiente.

Testamento notarial

Una vez que se conozca la existencia de un testamento y el notario ante el que se ha realizado, el siguiente trámite tras el fallecimiento es solicitar una copia de dicho documento. Para ello, habrá que presentar ante el notario dos documentos: el certificado literal de defunción y el certificado de actos de última voluntad.

Declaración de herederos

¿Sabes qué hacer cuando fallece un familiar sin testamento o bien este es declarado inválido? La respuesta está en el Código Civil. En su artículo 912 se regula la declaración de herederos, que, según existan o no herederos forzosos (hijos y descendientes, padres y ascendientes y cónyuge viudo) se realizará ante notario o en un juzgado.

Hay más situaciones que pueden llevar a tener que realizar una declaración de herederos. Por ejemplo, si en el testamento no se han repartido todos los bienes o no se ha designado heredero. Para poder realizar este trámite tras el fallecimiento se deben aportar:

  • Certificado original de defunción.
  • DNI del fallecido.
  • Certificado de actos de última voluntad.
  • Certificados de nacimiento de los herederos.

Escritura de aceptación y partición de herencia o adjudicación por título sucesorio

Una vez que conozcamos el testamento, es necesario aceptar la herencia para poder, efectivamente, heredar los bienes del fallecido. Un trámite al que acompaña su respectivo documento oficial. En este se describen los bienes y derechos del difunto. Si existen varios herederos, se procede a la partición de herencia. Con este documento ya será posible inscribir los bienes inmuebles a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad.

Liquidación de impuestos

Heredar es un derecho pero también implica obligaciones. En este caso, fiscales. Seis meses después del fallecimiento hay que liquidar el Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones en la Agencia Tributaria de la comunidad autónoma correspondiente. Si la herencia incluye bienes inmuebles, hay que abonar la plusvalía en la Oficina Tributaria Municipal.

Inscripción de los bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad

El heredero de un bien inmueble no lo es de forma oficial hasta que este está inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad. Por tanto, es necesario ese cambio de titularidad de los bienes inmuebles, para el que se requiere la escritura del inmueble y la escritura de herencia.

Idéntica situación se produce con los vehículos. Para cambiar el titular del coche, hay que acudir a la Jefatura Provincial de la Dirección General de Tráfico que corresponda. También será necesario cambiar la titularidad del seguro, para que el nuevo propietario sea el tomador y obtenga así cobertura por parte de la compañía.

El papel del seguro de vida

Como ya has podido comprobar, son muchos los documentos que se han de obtener para poder despedir a un familiar en un sepelio. Pero también para seguir adelante en su ausencia; es decir, para poder recibir una pensión que ayude a afrontar económicamente la nueva situación y para recibir los bienes que esa persona hubiera dejado para los suyos.

Incluido el capital garantizado en un seguro de vida, si se tiene constancia de que esa persona lo había contratado, o bien se sabe una vez conocido el contenido del testamento. Porque es en el momento del fallecimiento cuando actúa esta cobertura y los beneficiarios designados pueden cobrar el capital asegurado en la póliza.

Pero el papel de un seguro de vida va más allá. Porque para realizar todos esos necesarios trámites tras el fallecimiento se puede contar, precisamente, con la compañía con la que se ha contratado dicho seguro.

Y es que el servicio de gestoría es una de las coberturas que se pueden obtener contratando un seguro de vida. Es una forma de garantizar no solo un capital para ayudar a los seres queridos en el futuro, sino también esa ayuda necesaria para sacar adelante todos esos trámites tras el fallecimiento.

La asesoría jurídica también está incluida en muchos seguros de vida. Gracias a esta cobertura, es posible contar con el equipo legal de la compañía para saber qué hacer cuando fallece un familiar: qué documentos se necesitan, cómo obtenerlos, los pasos a seguir para tramitar una herencia o solicitar una pensión, etc.

Pero no todos los seguros de vida cuentan con estas ventajas. Por eso, antes de contratar (si ahora te lo estás planteando), te aconsejamos comparar cuantas más opciones de seguros mejor y apoyarte en la opinión de los expertos para valorar qué póliza escoger. Y todo lo puedes hacer en nuestra plataforma, gracias a nuestro comparador y a los expertos en seguros de vida que te van a acompañar durante el proceso, si lo necesitas.

Cómo saber si el difunto tenía un seguro

Ya hemos visto todas las ventajas que tiene contar con un seguro de vida y cómo puede ayudarte informándote de los pasos a seguir cuando fallece un familiar y haciéndose cargo de todos esos trámites. Pero, ¿qué pasa cuando la familia no sabe a ciencia cierta si el difunto tenía un seguro de vida? Para ello, es necesario obtener otro documento. En este caso, 15 días después de la muerte del familiar:

Certificado de contratos de seguros con cobertura de fallecimiento

Como avanzábamos, se trata del documento que acredita si el fallecido contaba con algún seguro de vida o accidentes, o con cualquier seguro con cobertura de fallecimiento (por ejemplo, el seguro de vida asociado a algunas tarjetas de crédito).

Para obtenerlo, se debe presentar el certificado de defunción (15 días después del fallecimiento, aunque los datos están disponibles durante cinco años) en el Registro General de Actos de Última Voluntad (el Registro de seguros de vida) o en el Ministerio de Justicia y rellenar el Modelo 790. Si resultase que el fallecido tenía un seguro, los pasos a seguir son: localizar la póliza, comprobar quienes son los beneficiarios designados y contactar con la compañía de seguros.

Trámites en el seguro de vida tras el fallecimiento

Para poder cobrar un seguro de vida, lo primordial es respetar los plazos. Porque se ha de comunicar a la aseguradora el fallecimiento del tomador del seguro en un plazo de siete días desde que se produzca. Aún con todo, el plazo para reclamar un seguro de vida desde que fallece su tomador expira a los cinco años. Es el tiempo en el que permanecen los datos sobre seguros contratados en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

Una vez comunicado el siniestro, los familiares tendrán que reunir toda la documentación que solicite la compañía, entre la que se encuentran:

  • Certificado de defunción.
  • DNI del asegurado (o acta de nacimiento).
  • La propia póliza de vida.
  • Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad.
  • Copia del testamento o declaración de herederos.
  • Certificado de matrimonio (para cónyuges).
  • Libro de familia, para demostrar el parentesco con el fallecido.
  • Resguardo de la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Si todo está correcto, la aseguradora dispone de un plazo máximo para pagar a los beneficiarios el capital asegurado en la póliza.

Otras dudas sobre qué hacer cuando fallece un familiar

Además de tramitar documentos, hay otros asuntos que resolver cuando fallece un familiar. Por ejemplo, respetar su última voluntad respecto a su destino final. Sin embargo, esto puede generar dudas, especialmente en el caso de la cremación.

Porque ¿qué se puede hacer con las cenizas y qué no está permitido? Según la Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria, publicada en 2018 por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, “las cenizas podrán tener los siguientes destinos finales":

  • Inhumación en construcciones funerarias.
  • Inhumación en columbarios autorizados.
  • Inhumación en tierra en lugares autorizados.
  • Dispersión en lugares autorizados o custodia de un particular”.

Por tanto, y aunque esa fuera la última voluntad del fallecido y así constara en su testamento, no está permitido darle un destino final a las cenizas que no sea uno de los aquí recogidos. Como tirarlas al mar, algo penado bajo multa de 750 euros, por tratarse de un vertido ilegal al mar.

Sin embargo, en casos muy puntuales, es posible obtener un permiso de la Dirección General de la Marina Mercante para ello. Aunque con requisitos: las cenizas se deben lanzar dentro de una urna biodegradable.

Actualizado el 23/01/2024 por el equipo de redacción de acierto