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¿Protegen los seguros ante fenómenos naturales?

Hay desastres naturales de toda magnitud y no todos quedan cubiertos por tu compañía

Con el avance del cambio climático estamos asistiendo a un aumento de los desastres naturales: las DANA o gota fría que causan severas inundaciones, la frecuencia cada vez mayor de fenómenos como los huracanes, etc. Los seguros, tanto de coche como de hogar, tienen en cuenta todo tipo de situaciones de riesgo que puedan causar daños materiales. Incluso aquellas en las que la naturaleza muestra su peor cara. Ya sea mediante coberturas específicas y en algunos casos, a través del Consorcio de Compensación de Seguros, las compañías velan por la protección de tu coche o de tu casa, también en caso de fenómenos naturales.

Cambio climático y desastres naturales: así tendremos que protegernos

El estudio Climate Central publicado en la revista Nature Communications alerta de las consecuencias del cambio climático en 135 países. Según dicho estudio, las casas de 300 millones de personas que viven en zonas costeras y de altas emisiones de gases están amenazadas por la subida del nivel del mar prevista por los expertos. El aumento de las temperaturas sigue provocando el deshielo y, con él, llegará esta crecida que ponga en peligro a estas poblaciones.

Los seguros y el cambio climático: ¿cubren los fenómenos atmosféricos?

En España, este peligro se sitúa en el suroeste de Andalucía -muy especialmente en Doñana y en las provincias de Huelva y Cádiz-, en el delta del Ebro, en La Albufera y en Cantabria, donde ciudades como San Vicente de la Barquera o la propia capital (Santander) correrían un gran riesgo, según los datos recogidos en Climate Central.

Pero este escenario, que aún no se ha presentado, ya empieza a vislumbrarse. Porque los efectos del cambio climático se dejan notar también en esas cada vez más frecuentes y más virulentas gotas frías, por ejemplo. En este sentido, ya toca proteger nuestras propiedades ante los posibles desastres, más o menos intensos, que estamos viviendo y los que parece que vendrán de forma inminente. A la hora de contratar un seguro de coche o un seguro de hogar será cada vez más relevante fijarse en este tipo de coberturas: ¿qué pasa si mi coche es arrastrado por una corriente de agua? ¿Y si las fuertes lluvias causan destrozos en el tejado de mi casa? Esta relevancia del clima también se dejará notar en la prima, anuncian los expertos. Se prevé que las compañías aumenten los precios de sus seguros en todo el mundo, debido al aumento de riesgo en el que se traduce esta crisis climática. 

¿Cómo protege un seguro tu coche o tu casa frente a los desastres naturales?

Los seguros, tanto de coche como de hogar, cubren una serie de fenómenos meteorológicos, indemnizando a sus asegurados por daños materiales. En las pólizas de hogar se suele hablar de viento (si las rachas superan los 75 km/h de velocidad, como mínimo, de media), lluvia (si se producen acumulaciones de 40l/h por metro cuadrado), de caída de rayos (que provoquen daños tanto en la vivienda como en jardín) o nieve (sin intensidad de precipitación mínima), entre otros.

¿Los seguros de coche y hogar cubren los fenómenos atmosféricos?

En los seguros de coche, se pueden ofrecen indemnizaciones por daños en caso de fenómenos similares, con la condición de que no sean considerados extraordinarios. Así se puede leer, por ejemplo, en el condicionado de MAPFRE, en su cobertura de Daños del Vehículo Asegurado por fenómenos atmosféricos, incluyendo entre estos pedrisco, granizo, nieve y viento y lluvia, con los mismos límites habituales que se establecen en los seguros de hogar. Pero no todos ofrecen el mismo nivel de protección. En el caso de Qualitas, únicamente queda cubierta la rotura de lunas a causa de fenómenos meteorológicos ordinarios.

Independientemente de estas prestaciones, todos los condicionados de seguros de coche coinciden en un aspecto: la Cláusula de indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros de las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios. En este punto del condicionado se especifica que los desastres naturales (o “acontecimientos extraordinarios”) quedan cubiertos por el Consorcio, entendiendo como tales terremotos y maremotos; inundaciones extraordinarias -también por embates de mar-, erupciones volcánicas y tempestad ciclónica atípica (incluyendo los vientos extraordinarios de rachas superiores a 120 km/h y los tornados).

En este punto, cabe señalar que en las primas de seguros se establece un Recargo para la cobertura de Riesgos Extraordinarios, Daños Directos en los Bienes y en las Personas a favor de la entidad pública del Consorcio de Compensación de Seguros. La obligación de incluir este recargo viene marcada por la ley (Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre).