Qué perfiles suelen estar excluidos a la hora de contratar un seguro de vida
La edad, por exceso y por defecto, y las enfermedades graves son dos de las causas más comunes de exclusión
¿Te estás planteando contratar un seguro de vida? En ese caso debes saber que las compañías exigen ciertos requisitos a la hora de formalizar la póliza. Unas garantías que, por desgracia, no todo el mundo es capaz de cumplir. Porque, ¿cuáles son las personas que suelen descartar las entidades que nos ocupan? Y, lo más importante: ¿qué motivos les llevan a hacerlo?
¿Qué es un seguro de vida?
En primer lugar y antes de entrar en mayores vicisitudes cabe tener claro qué es un seguro de vida. Básicamente, se trata de una póliza personal que cubre el riesgo de fallecimiento del asegurado. Su objetivo es el de garantizar que los beneficiarios del cliente perciban una compensación económica en dicha coyuntura.
En este seguro intervienen varias partes. Por un lado, al asegurado –que es quien adquiere la cobertura– y, por otro, al tomador –que es quien lo suscribe y lo paga–. Por último se encuentra el beneficiario, que es quien recibe la indemnización cuando se cumplen las circunstancias contempladas en el contrato para que la misma se haga efectiva.
Tipos de seguro de vida
Existen diferentes tipos de pólizas de vida con características específicas, según el cliente que lo vaya a suscribir. Los más destacados son:
- El seguro de vida temporal: el cliente puede contratar la póliza durante un plazo de tiempo concreto, que puede oscilar desde unos días, varios años o hasta que el cliente cumpla una determinada edad. Están orientados a cubrir necesidades concretas como, por ejemplo, irse de viaje o proteger el desarrollo de una actividad de riesgo puntual.
- Seguro de vida entera: en esta modalidad la aseguradora indemniza a los beneficiarios sin tener en cuenta el momento de la muerte. Además, cubre de forma vitalicia y suministra a la familia o beneficiarios unas cantidades que compensan la pérdida de ingresos.
Las compañías no asumen el riesgo de asegurar a personas con una edad avanzada, en la mayoría de los casos, el límite está en los 65 años
- Seguros de ahorro para supervivencia o jubilación: la finalidad es proporcionar al cliente una cantidad monetaria concreta al finalizar el plazo de tiempo acordado en el contrato. Su base es la inversión a medio o largo plazo y está concebida como una especie de complementación durante la jubilación o ante posibles desembolsos que se realicen en el futuro.
- Seguro de Vida Riesgo: es una póliza para que protege a los beneficiarios que elija el asegurado si fallece. La prima puede ser anual, y la forma de calcularla se basa en tres factores principales: edad del asegurado, historial médico y el capital que se cubre. Así, si el asegurado fallece, el beneficiario obtendrá el dinero marcado en el contrato. La póliza se anula si llega a su fin antes del fallecimiento.
- Seguros mixtos: se trata de uno de los tipos de seguro de vida menos conocidos. Es una especie de seguro híbrido que cuenta, dentro de un mismo contrato, con un seguro de riesgo y otro de ahorro. De esta manera, se cubre el fallecimiento pero, al mismo tiempo, el cliente podrá beneficiarse de las prestaciones acordadas si sobrevive a la edad que se estipula en el contrato.
- Seguro de rentas: el asegurado tendrá garantizada la renta vitalicia y formal cuando realice el pago de un único importe o de una prima durante un plazo determinado. Para la vitalicia, se trata de una cantidad específica y se desembolsa a partir del momento en que la póliza llega a su fin y mientras el asegurado esté vivo.
Personas excluidas por los seguros de vida
Como ya hemos comentado, aunque el seguro de vida es un producto cuya suscripción es voluntaria, para contratarlo se tienen que cumplir ciertos requisitos. Algunos de ellos vienen impuestos por ley, mientras que otros los establece cada compañía aseguradora.
- Los mayores de 65 años. A la hora de contratar un seguro de vida para mayores de 65 años, hay que estar atentos. La mayoría de las compañías no suelen asumir el riesgo de asegurar a personas de esta edad, pero algunas lo hacen. Si se trata de una persona que ya tenía suscrita su seguro de vida para caso de fallecimiento, la entidad ampliaría la cobertura hasta los 70 o 80 años.
- Por otra parte, la Ley del Contrato del Seguro prohíbe la contratación de un seguro de vida a menores. Aunque los seguros de vida no pueden contratarse hasta que no cumplamos la mayoría de edad, algunas entidades aseguran a jóvenes a partir de los 14. Ahora bien, el tomador tiene que ser un tercero y siempre se debe contar con el consentimiento de los padres. Debemos resaltar que para tarificar el riesgo a la hora de asegurar la vida de un cliente concreto y constituir el precio de la prima se suele usar la edad actuarial, que se calcula teniendo en cuenta el cumpleaños más próximo a la fecha de contratación del seguro.
- Las personas con enfermedades graves. Aquellos que padezcan dolencias crónicas o graves también están excluidos. La mayoría de aseguradoras solicitan informes sobre nuestro estado de salud. Por ejemplo, las enfermedades con riesgo más comunes como el cáncer. Sin embargo, con la nueva normativa europea este hecho está cambiando. La cosa cambia si se desarrolla la patología con la póliza ya firmada.
- Las personas incapacitadas. La Ley del Contrato del Seguro prohíbe la contratación del seguro a los incapacitados, que son aquellos que han sido privados legalmente de sus facultades para actuar por sí mismos.
- Los que tienen profesiones de riesgo. En el caso de que trabajes en un sector que se considera de riesgo no podrás contratar un seguro fácilmente. Las pólizas generales no suelen cubrir a ciertos profesionales como pilotos, acróbatas, buzos, etcétera. Pero la mayoría de aseguradoras ofrecen otras opciones atendiendo a las características específicas de su puesto de trabajo.
- Los no residentes en España. Para contratar un seguro de vida se requiere tener residencia fiscal fijada en España. Da igual si cuentas con la nacionalidad española, el requisito indispensable para estas personas es que vivan en nuestro país por un período mínimo de seis meses.
Pese a todas estas exclusiones la mayoría se consideran casos especiales y, normalmente, se tiende a ofrecer alternativas a las personas que se encuentran en alguna de estas situaciones. Así, sea cuál sea el motivo para contratar un seguro de vida, te recomendamos que visites el comparador de Acierto.com, con el que podrás encontrar la póliza más económica y que mejor se adapte a tus necesidades, de forma personalizada y rápida.