¿En qué consiste el Pack Protección +?
Cuando un cliente decide que le interesan ciertas coberturas que anteriormente no contrató -especialmente al elegir las modalidades de seguro más básicas- tiene la oportunidad de ampliar algunos de los servicios de su póliza gracias al Pack Protección + de Génesis Seguros. Este paquete de medidas puede ser contratado en cualquier momento de la vigencia de la póliza, por lo que el cliente tendrá el tiempo que necesite para plantearse si desea su adquisición.

El Pack Protección + se basa en ampliar las coberturas que ya están incluidas en los seguros de Génesis, sobre todo en las modalidades más completas -Todo Riesgo y Terceros Ampliado-. Una de ellas es la colisión por atropello a especies cinegéticas o animales domésticos, a través de la cual, la empresa costeará la reparación o sustitución de los elementos dañados por siniestros de este tipo.
"Se basa en ampliar las coberturas ya incluidas en sus seguros"
Como consecuencia de esta ampliación, los daños por atropello a especies cinegéticas o animales domésticos se considerarán cubiertos hasta un límite de 6000 euros, pero si el valor venal del vehículo es menor, ese será el tope a percibir.
Además, en caso de tener también contratada la cobertura de Daños Propios, se atenderá a los límites de esa garantía, y si dicha prestación se ha contratado con franquicia, no podrá aplicarse a la colisión con especies cinegéticas y animales domésticos. Para poder hacer uso de esta cobertura será necesario que exista un atestado policial del siniestro.
Una de las prestaciones ampliadas más importantes es la de daños metereológicos. Con la aplicación de este paquete de servicios, dicha cobertura se encargará de la reparación o reposición de los elementos del vehículo que hayan sufrido desperfectos a consecuencia del impacto de pedrisco o nieve, de la inundación por el desbordamiento de un río o lago y de la caída de naves o de los objetos desprendidos de ellas.
"Respecto al remolcaje eliminará el límite de cien kilómetros establecido en caso de siniestro"
El límite máximo de indemnización será el valor venal del vehículo y el criterio para la valoración de los daños será el mismo que el establecido para la garantía de Daños Propios, si bien, en caso de haberse contratado con franquicia, esta no se aplicará a la cobertura ante fenómenos meteorológicos. Además, es importante saber que esta prestación no será contemplada en caso de que los desperfectos sean ocasionados por filtraciones, goteras, humedades, el incorrecto cierre de puertas o ventanas o los daños por la congelación del agua del radiador.
Es reseñable la ampliación respecto al remolcaje -a elección del vehículo desde el kilómetro 0-, con la que se elimina el límite de cien kilómetros establecido para el remolque del vehículo en caso de siniestro, sin que esto suponga un coste adicional para el mutualista. Esta medida será de aplicación en España, Francia, Portugal y Andorra.
Además de las limitaciones anteriormente señaladas, la aplicación de las ampliaciones contenidas en el Pack Protección + está sujeta a diversas condiciones. La primera es que el asegurado no debe ser el responsable del suceso ocurrido. Por ello, se solicita el atestado policial en el caso de atropello de especies cinegéticas; la entidad debe asegurarse de que el siniestro ha sido ajeno al usuario.
En caso de que el cliente posea una modalidad de seguro con franquicia, la entidad no aplicará la cobertura de daños propios, por lo que la cantidad a abonar al cliente será valorada en función de la ampliación incluida en el paquete, la cual se realizará según el valor venal del automóvil en el momento del siniestro.
Remolcaje desde el kilómetro 0
En el caso del remolcaje a elección del vehículo, cabe destacar que no solo se elimina el radio límite -establecido en los casos generales- de cien kilómetros desde el lugar del accidente, sino que la asistencia se prestará desde el kilómetro 0, tanto para las personas, como para los vehículos. Además, el usuario no está obligado a elegir un taller concertado con Génesis, sino que podrá depositar su vehículo en un centro de confianza ajeno a la compañía sin que esto suponga un gasto adicional. Sin embargo -al optar por esta opción- perderá el trato preferente que recibiría en un taller concertado con la entidad.